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Asegurar la continuidad

 La INDDHH es de la sociedad civil y no la abandonamos

El próximo lunes 1º de agosto debe sesionar la Asamblea General del Parlamento para proceder a la elección del Consejo Directivo de la INDDHH. La renovación parcial de autoridades está prevista, como recomendación, en la ley 18.446 en su Artículo 41 que creó al organismo. Los únicos candidatos que aseguran la continuidad de ella, que pueden ser reelegidos, tienen experiencia y cuentan con amplio respaldo de organizaciones sociales, son rechazados y hasta atacados públicamente por la coalición gobernante, especialmente por los sectores que se identifican con los terroristas de Estado.

Dr. Wilder Tayler y Dra. Mariana Mota

Las organizaciones sociales: los dueños de la INDDHH

La INDDHH fue creada como un órgano autónomo e independiente, basándose en los Principios de París de las Naciones Unidas, para potenciar a las organizaciones sociales en la defensa y promoción de las normas de Derechos Humanos y propiciar el control sobre los funcionarios, civiles y militares, del Estado. Por ello, la Ley 18 846 señala que son ellas quienes tienen la potestad de postular candidatos a integrar el Consejo Directivo de la Institución.

Además, el Artículo 36, estipula muy claramente que en su integración se procurará asegurar la representación pluralista de las fuerzas sociales de la sociedad civil interesadas en la promoción y protección de los derechos humanos, conforme a los principios de equidad de género y no discriminación. Es decir, los parlamentarios deben elegir soberanamente en función de asegurar la representación pluralista de fuerzas y organizaciones sociales interesadas en la promoción de las normas de derechos humanos. No deben limitarse a elegir personalidades sino a representantes de organizaciones sociales con formación y experiencia, de una manera pluralista con diferentes sensibilidades temáticas.

Ni uno solo

El hecho de que ningún parlamentario gubernamental haya postulado la candidatura de algún miembro actual del Consejo Directivo es un claro indicio de que no piensan asegurar la continuidad de las políticas implementadas en los últimos 10 años ni siquiera en lo que tiene que ver con las prácticas y costumbres institucionales. Cabildo Abierto presiona y mucho, incluso públicamente.

La renovación parcial de autoridades está prevista, como una recomendación, en la norma de creación en la ley 18.446, en su Artículo 41, cuando señala: En ocasión de la renovación de los miembros del Consejo Directivo de la INDDHH, se procurará que algunos sean reelectos a los efectos de garantizar continuidad en la experiencia de gestión de la INDDHH.

Órgano no jurisdiccional para los DDHH

La Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (Inddhh) es un órgano no jurisdiccional, no judicial, informal, para la defensa y la protección de los ciudadanos frente a los abusos de poder de los funcionarios del Estado ya sean civiles o militares. Su accionar es y debe ser molesto para las autoridades de turno si cumple con sus cometidos básicos y esenciales. Son los funcionarios del Estado quienes violan los derechos humanos.

La INDDHH es una unidad dependiente del Parlamento pero autónoma con el cometido específico de defender y promover los DDHH. Su tarea central  es controlar la actuación de  los funcionarios del Estado: es un ámbito  de protección de los derechos humanos sin las formalidades y requisitos propios del Poder Judicial.

Cabildo Abierto no quiere a la INDDHH

Luego de su creación en el año 2008, a la INDDHH, posteriormente, mediante reformas legislativas, se le adicionaron nuevas tareas y responsabilidades, algunas de ellas referidas al período conocido como de actuación ilegítima y del terrorismo de Estado (1968 -1985). Entre ellas, cobra particular importancia las atribuciones otorgadas por la Ley 19.822 que le da competencias para continuar la búsqueda de los Detenidos Desaparecidos. Al mismo tiempo, la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria funciona dentro de su ámbito institucional.

Respetar la ley: su letra y su espíritu

La integración del próximo Consejo Directivo es un tema muy importante  para la defensa y la protección de los DDHH en los próximos años. Hay peligros muy ciertos a corto plazo. Cabildo Abierto presiona a la coalición gubernamental para que ningún miembro del actual Consejo Directivo sea reelegido.

La sociedad civil, sus organizaciones, deberá estudiar cómo seguir acompañando y defendiendo a la institución ante un Consejo Directivo con mayoría de integrantes designados por cuota política y al margen de ellas.

La INDDHH es una conquista de la sociedad y participaremos en ella, aún en un clima hostil y adverso. Se avecina el Cuarto Ciclo del Examen Periódico Universal de Uruguay ante el Consejo de DDHH de la ONU.

Para que la INDDHH pueda seguir cumpliendo a cabalidad con sus verdaderas funciones, los  futuros integrantes del Consejo Directivo deben representar a la sociedad civil,  tener un sólido y efectivo conocimiento de la normativa, un compromiso de vida  con las normas de DDHH.

Deben tenerlo en lo declarativo y también en su trayectoria vital. Un adecuado balance de género y de sensibilidades temáticas siempre es aconsejable. La  renovación parcial de las autoridades es fundamental para asegurar la continuidad de lo logrado hasta el momento. Lo recomienda a texto expreso la misma ley, votada por todo el sistema político de aquel momento. Ante la arremetida de Cabildo Abierto es bueno recordar que hay compromisos asumidos a nivel internacional por Uruguay que ponen en cuestión la imagen internacional del país y de sus autoridades. Como siempre, la  movilización que pueda desplegarse, en el plano nacional e internacional puede ser decisiva.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en el El Popular Nº 598 – 29 07 22