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Siguen esperando justicia

 28 ex presas políticas reclaman ante la Corte IDH.

Por Gastón Grisoni (*) 

El terrorismo de Estado siguió el mismo patrón represivo en el Cono Sur. La detención masiva de ciudadanos, asociada a la tortura y a la prisión prolongada en centros carcelarios, fue la metodología represiva predominante en Uruguay, a diferencia de lo ocurrido en el resto de los países. En el caso de las mujeres el ensañamiento incluyó, en forma masiva, sistemática y generalizada, los abusos sexuales y las violaciones.

Prisioneras políticas de plantón

 Un largo y empinado camino

Al retornar a la vida democrática, en diciembre de 1986, por presiones y amenazas de las Fuerzas Armadas, se aprobó la Ley 15 848, Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. La misma impidió que durante más de dos décadas el Poder Judicial  pudiera investigar y sancionar las graves violaciones a los Derechos Humanos cometidas en el período 13 de junio de 1968 al 28 de febrero de 1985.

En octubre de 2009 la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en un acto verdaderamente memorable,  declaró la inconstitucionalidad de dicha ley para el caso Nibia Sabalzagaray, joven asesinada en la tortura en el año 1974. La SCJ se pronunció  a instancias de la fiscal Mirtha Guianze. El general en actividad Julio Dalmao fue procesado por dicho crimen.

En febrero del año 2011, la Corte Interamericana de DDHH en la sentencia Gelman vs Uruguay decretó la nulidad fáctica de la misma en virtud de los compromisos internacionales asumidos por Uruguay.

En octubre del mismo año, el Parlamento aprobó la Ley 18 831 que restableció la pretensión punitiva del Estado. A partir de ese momento, se eliminaron todos los obstáculos legales para que el Poder Judicial cumpliera con sus obligaciones constitucionales.

Una explosión de coraje

Ante la inoperancia estatal, fue en ese momento que un grupo de 28 ex prisioneras políticas decidieron presentar una denuncia colectiva en base a sus experiencias personales. Con trayectorias de vida y carcelarias disímiles, geográfica y temporalmente, asumieron el enorme y doloroso desafío de revivir sus sufrimientos para denunciar las torturas y los abusos sufridos durante su incomunicación, en los cuarteles y en los centros clandestinos de detención.

Para sorpresa de la sociedad, proclamaron a los cuatro vientos los tormentos vividos, callados y solamente susurrados, a veces, en la intimidad de sus hogares.

Gracias al compromiso militante de ellas, salió a la luz pública lo vivido en todos los ámbitos desde el 15 de abril de 1972. Desde ese momento, al amparo de la actuación de la justicia militar, la tortura comenzó a ser una metodología represiva masiva, sistemática y generalizada en la vida del país. Se llevó a cabo en todos los cuarteles del Ejército, de la Marina, de la Fuerza Aérea, en la Dirección Nacional de Inteligencia e Información (DNII), en el Servicio de Información de Defensa (SID), en la Casa de Punta Gorda, en el 300 Carlos, en la Tablada.

Un centenar de abusadores

El arduo trabajo colectivo permitió identificar a casi un centenar de represores que participaron activamente en las torturas y en los abusos sexuales. Ante la justicia se presentaron sus nombres y las circunstancias en las cuales se produjeron las torturas y los actos de violencia sexual.

En los primeros tiempos hubo grandes dificultades para testimoniar y ratificar las denuncias. Los y las abogadas defensoras de los involucrados llegaron a apremiar a las denunciantes. A pesar del tiempo transcurrido, hasta el momento sólo tres de los más de 100 acusados han sido condenados. A ninguno de ellos se le tipificó el delito de “tortura ni de violencia sexual” como señaló recientemente la Dra. Flor Mesa en una  audiencia pública de la Corte IDH realizada esta semana.

Justicia: castigar y reparar de manera integral

La afirmación plena del Estado de Derecho exige que haya justicia en un sentido amplio tal como lo establece la normativa internacional de DDHH, muy especialmente la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas. Debe haber justicia en el ámbito penal y administrativo, pero lo debe haber también en el plano del resarcimiento a las víctimas.

En este sentido, debe tenerse presente, también, que muchas ex presas políticas no pudieron recibir el beneficio del Artículo 11 de la Ley 18 033 por las carencias y limitaciones propias de la norma desde que se aprobó, tal como denunció Crysol oportunamente. Además, las que accedieron a sus beneficios, han debido renunciar a sus legítimas jubilaciones y pensiones para hacerlo.

El sistema político y judicial interpelado

En la audiencia pública se puso de manifiesto que la Ley 18 026 vigente en el país no contempla la violencia sexual como crimen de Lesa Humanidad. A nivel judicial aún no existe ni un solo procesado con la tipificación de torturas. Las ex presas políticas han dado y siguen dando lecciones de coraje y de convicción democrática. La movilización general, ante la embestida de los defensores públicos de los terroristas de Estado, es imprescindible para evitar retrocesos y la afirmación de las tesis negacionistas.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 611 - 28 10 2022



La insanía represiva

 Aunque tarde, la justicia se expidió: ¡un inmenso logro!

Por Gastón Grisoni (*) 

El pasado lunes la Justicia procesó a tres militares por la detención y tortura de 39 jóvenes y  adolescentes de ambos sexos en Treinta y Tres, en abril de 1975. La jueza letrada de primer turno de dicho departamento, María Eugenia Mier imputó abuso de autoridad contra detenidos, privación de libertad y lesiones graves. Dispuso el procesamiento con prisión de los militares Juan Luis Álvez, Héctor Rombys y Mohacir Leite.


Pruebas contundentes: documentos militares

Mier imputó a los tres militares en calidad de coautores. Fundamentó el procesamiento con prisión en la gravedad de los hechos y basándose en la normativa que los señala como delitos de lesa humanidad.

La jueza pidió que se realizaran pericias para evaluar si los procesados están en condiciones de salud para cumplir la prisión preventiva en un establecimiento carcelario. También convocó a audiencia a cuatro testigos pedidos por los procesados y dispuso que se ubique a tres médicos que ejercían funciones en el batallón de Infantería 10 en 1975. Fueron denunciados por su participación activa en el proceso de torturas y malos tratos que todos los detenidos sufrieron.

El operativo represivo

En abril del año 1975, meses antes de que se desencadenara la Operación Morgan, la Región Militar Nº 4 del Ejército comandada por el general Gregorio Alvarez, llevó a cabo una inusitada operación represiva contra la Juventud Comunista en la ciudad de Treinta y Tres. 39 jóvenes y adolescentes de ambos sexos, fueron secuestrados, incomunicados y sometidos a torturas de todo tipo durante semanas en el Batallón de Infantería Nº 10 en función de sus actividades opositoras.

Los tuvieron encapuchados y de plantón, las manos atadas con alambre, los privaron de agua y comida, les aplicaron picana, submarino, los quemaron con cigarrillos, los colgaron, los golpearon y obligaron a montar sobre una barra de hierro. A José Nacimiento le quebraron el pie con el taco de la bota y a otra detenida le fracturaron un brazo. Como uno de los presos pidió que lo atendiera un dentista, al día siguiente, en castigo, a muchos les extrajeron una pieza dental cualquiera, sin anestesia.

La gran mayoría de los detenidos eran estudiantes del Liceo Nº 1 de Treinta y Tres, el operativo represivo conmocionó a la capital departamental y a todo el país. En algunos casos se detuvieron a varios miembros de una misma familia. Los detenidos mayores  fueron derivados a la justicia militar y condenados por ella, cumpliendo largas condenas en el Penal de Libertad y Punta de Rieles.

En el caso de las y de los menores fueron recluidos en el Alvarez Cortés los varones y las adolescentes en el Hogar Yaguarón en Montevideo durante varios meses. Al recobrar la libertad se les prohibió continuar con sus estudios.

Torturados delante del Goyo Alvarez

En la noche del 18 de abril, previo a la celebración de la fecha patria, llegó al Batallón el Jefe de la Región Militar Nº 4 el general Gregorio Alvarez. Esa noche todos los detenidos fueron sometidos a una sesión  colectiva  de tortura dirigida por el capitán Pedro Buzó y que fue presenciada por quien llegara a ser posteriormente Presidente en la última etapa de la dictadura.

Según la denuncia penal presentada en el año 2011, esa noche, según narra Liliana Pertuy, una de las víctimas denunciante, el capitán Pedro Buzó le partió la boca a Ruben Olivera en una sesión en la que estaba presente Álvarez: “Esa noche, en medio de la locura esa, en la penumbra, mientras el tipo que había venido a torturar me pegaba como un loco, ahí estaba el señor, el Goyo, observando todo. No hablaba. Y después lo corroboramos con la tropa”. (1)

Una Comunicado Público repugnante

El 30 de abril un comunicado del Comando General del Ejército informó que se había desarticulado una célula subversiva que entrenaba a menores de edad para cumplir las “tareas que el marxismo internacional determina a nivel nacional”. Campamentos, fiestas y guitarreadas formaban parte de las actividades que, según el comunicado, la organización promovía con el fin de reclutar adeptos, adoctrinarlos y lograr su “desarraigo” de la vida familiar y de las “normas morales propias del estilo de vida uruguayo”.

Un ensayo de ese desarraigo planificado había tenido lugar en el balneario La Esmeralda donde se habían reunido muchachos y muchachas “en completa promiscuidad”, intercambiando parejas y rivalizando en competencias de resistencia sexual: “En tal ambiente donde se han rebasado largamente las barreras no solo de lo moral sino también de la más elemental higiene sexual, no resulta extraño que cinco jovencitas cuyas edades oscilan entre 14 y 17 años contrajeran enfermedades venéreas”, sentencia el comunicado. (1)

Héroes y heroínas de carne y hueso

El proceso judicial pudo llevarse a cabo gracias a que un grupo importante de víctimas, ex presas y ex presos políticos, con el apoyo del Observatorio Luz Ibarburu (OLI), asumieron el compromiso militante de presentar en el año 2011 la denuncia penal que acaba de avanzar sustancialmente con estos primeros procesamientos. Wellington Sarli mencionado como uno de los principales torturadores en la denuncia penal se encuentra en Chile.

Cuando la justicia actúa, procesa y condena, se afirma el Estado de Derecho y se mejora la calidad democrática. Para robustecer la democracia, todas las graves violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado deben ser esclarecidas y debidamente castigadas.

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(1) Denunciados e impunes. Observatorioluzibarburu.org.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 610 - 21 10 2022



Un acto pleno de soberanía nacional

 Al regresar a la vida democrática, en una acción de rechazo y condena a las graves violaciones a los DDHH, en marzo de 1985, el parlamento aprobó la Ley 15 737. Mediante ella, Uruguay  adhirió a la Carta Interamericana de DDHH, al sistema institucional de protección a los mismos y aceptó la competencia de la Corte Interamericana para dirimir los conflictos que se suscitasen al respecto.

Por Gastón Grisoni (*)

Actuales integrantes de la Corte

Desde ese momento, las decisiones que se adopten por parte de ella y que involucren a nuestro país, son de cumplimiento obligatorio para Uruguay. Al contrario de lo que afirman los parlamentarios de Cabildo Abierto, de manera reiterada, cuando nuestro país es juzgado, no se trata de un acto de intromisión en los asuntos internos fuera de lugar. El Uruguay democrático que sucedió a la dictadura decidió que ella tenía competencias plenas para intervenir en relación a las normas de DDHH.

La Corte IDH sesiona en Uruguay

Precisamente en estos días, el organismo continental que preside nuestro compatriota, el Dr. Ricardo Pérez Manrique, se encuentra sesionando en Uruguay. El jueves 20 llevará a cabo, en el departamento de Colonia, una audiencia no pública con el cometido de evaluar la implementación por parte de nuestro país de la Sentencia Gelman vs Uruguay que se aprobara en febrero de 2011.

Hasta el momento en las dos sentencias en que la Corte IDH condenó al Estado uruguayo por violaciones a los derechos humanos –el caso Gelman y el caso que integra los asesinatos de Diana Maidanik,  Silvia Reyes, Laura Raggio y las desapariciones de Oscar Tassino y Eduardo González– la Corte hizo referencia, como elementos que perpetúan la impunidad, a la ley de caducidad. También se refirió al pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia que en febrero de 2013 declaró inconstitucional los artículos 2 y 3 de la Ley 18.831. Esa posición de la SCJ fue revertida en mayo de 2022, a partir de la nueva integración de la SCJ.

Una aborrecible ley de impunidad

Aprobada en diciembre de 1986 en una tumultuosa sesión del Parlamento, con grandes y ostensibles presiones de los militares liderados por el general Julio Medina, la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado otorgó la impunidad a los principales criminales de nuestro país. Fue ratificada por un Referéndum en 1989 y no obtuvo los votos necesarios para ser derogada por un plebiscito que se llevó a cabo en el año 2009. Sin embargo, en octubre de ese mismo año, una sentencia de la Suprema Corte de Justicia (Resolución 365/2009) declaró la inconstitucionalidad de la misma, tanto por razones formales como de contenido.

Durante más de 20 años aseguró la más completa impunidad para los responsables de todas las graves violaciones a los Derechos Humanos.

El caso Gelman y la Ley 18 831

Una vez que la Corte IDH condenó al Uruguay por dicho caso, rechazando la vigencia de dicha Ley, el Parlamento uruguayo, en octubre de ese año, restableció plenamente la pretensión punitiva del Estado, aprobando la Ley 18 831. A partir de ese momento, se eliminaron todos los obstáculos legales para la actuación de los tribunales uruguayos.

Con grandes presiones y ataques públicos de los involucrados en los crímenes del terrorismo de Estado, de los centros militares que los defienden, de sus cómplices civiles, de los grandes grupos de poder y de los medios de comunicación que los amparan, la justicia comenzó lentamente a desplegar su accionar, de acuerdo a las disposiciones constitucionales.

El enemigo: el Dr. Ricardo Perciballe

La creación de la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad y la designación del Dr. Ricardo Perciballe al frente de ella, junto con un equipo de trabajo que ha demostrado un gran compromiso, fueron gestos del Estado uruguayo en el sentido de cumplir con su obligación de perseguir y juzgar a los responsables de las atrocidades del pasado reciente.

En una reciente entrevista publicada por El Observador, el coronel retirado Eduardo Ferro, procesado por asesinar y desaparecer a Oscar Tassino, declaró que el Fiscal Ricardo Perciballe es el enemigo. Tal afirmación, proviniendo de alguien como Eduardo Ferro es preocupante, es una amenaza nada sutil. Por decir  lo menos.

La fiscalía cumple con su responsabilidad legal de promover los juicios y aportar las pruebas que surgen de la abundante documentación existente en los archivos y en los legajos militares.

Los jueces, integrantes de un poder del Estado independiente,  toman las decisiones, otorgando todas las garantías. Así funciona un Estado democrático.

El ADN negativo de Cabildo Abierto

El grupo político liderado por el general Guido Manini Ríos se ha caracterizado por atacar de manera habitual al Poder Judicial para presionarlo ante la opinión pública y por defender en los medios a los procesados y condenados por los crímenes del pasado reciente. Estos días ha presentado un nuevo proyecto de ley,  en la Cámara de Diputados, para restablecer la Ley de Caducidad. Un absoluto despropósito. No puede y no debe prosperar.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 609 - 14 10 2022

Teorías para ocultar responsabilidades

 La teoría de los dos demonios fue desarrollada para ocultar la responsabilidad de quiénes fueron los promotores de la dictadura y el terrorismo estatal. Al principio se responsabilizaba a los insurgentes. El Dr. Julio María Sanguinetti incluyó al accionar del movimiento sindical.

Por Gastón Grisoni (*)

Histórica movilización en 1983 contra la dictadura

En un continente dominado por EEUU, lo ocurrido en Uruguay en el pasado reciente, en las décadas de los sesenta, setenta y mediados de los ochenta, no puede interpretarse al margen de las políticas globales de dicha nación para lo que siempre consideró su “patio trasero”. Los hechos y los documentos desclasificados son contundentes aunque no gusten. Basta tener presente que luego del triunfo de la revolución cubana en 1959, EEUU desarrolló una enorme campaña profiláctica para evitar nuevos procesos insurgentes triunfantes.

De  1960 a 1964 hubo 8 golpes de Estado militares en el continente: Argentina, Perú, El Salvador, Guatemala, Ecuador, República Dominicana, Honduras y Brasil. Es público y notorio que en 1964 en nuestro país hubo intentonas golpistas fracasadas con el general Oscar Aguerrondo como principal promotor.

Pacheco Areco convocó a las Fuerzas Armadas

En primer lugar, las Fuerzas Armadas fueron convocadas a la escena política en junio de 1968 para apoyar las Medidas Prontas de Seguridad y reprimir, militarizando, a los gremios en conflicto. Jorge Pacheco Areco, reemplazante del general Oscar Gestido fallecido en diciembre de 1967, implantó las Medidas Prontas de Seguridad para aplicar un conjunto de iniciativas económicas propiciadas por el Fondo Monetario Internacional, FMI, que incluyeron la congelación salarial para los trabajadores. Fueron generadoras de una gran repulsa a nivel popular y de una intensa movilización en su rechazo.

El decreto que las implanta no hace mención a los estudiantes y, mucho menos, a la organización que promovía acciones armadas. La misma habría de crecer exponencialmente ante la política regresiva y represiva. Cuando se implantan las MPS el centro de la preocupación gubernamental eran los gremios en general y muy especialmente la central sindical que se había forjado.

En segundo lugar, las Fuerzas Armadas comenzaron a cogobernar formalmente meses después de haber declarado públicamente la destrucción de las organizaciones para las cuales fueron convocadas a reprimir, por decreto, en setiembre de 1971, luego de la fuga del Penal de Punta Carretas.

Cuando se disuelve el Parlamento en junio de 1973, el Penal de Libertad y el Penal de Punta de Rieles estaban  funcionando a pleno y sin plazas  libres disponibles.

Un error conceptual

Equiparar la conducta de los particulares con la de los funcionarios del Estado es un error conceptual. Los gobernantes, los funcionarios, deben cumplir sus funciones, deben gobernar y  hacerlo respetando las normas de DDHH, sin excusas, sin explicaciones, sin justificaciones y sin obediencia debida.

Las normas de DDHH están diseñadas para contener y moderar las conductas de los gobernantes, para civilizar y humanizar la vida social. Como normas surgieron precisamente a nivel internacional luego de las trágicas situaciones que se vivieron durante el nazismo, el fascismo, la segunda guerra mundial y el holocausto del pueblo judío. Solo los funcionarios del Estado violan las normas de DDHH.

Una tragedia nacional

Las cifras son elocuentes y esclarecedoras. La dictadura tuvo consecuencias catástróficas.  Sin negar la enorme conmoción que se vivió en todos los planos de la sociedad, hubo un solo demonio que golpeó al Uruguay: el terrorismo de Estado. Fue militar pero también fue civil, contó con el respaldo de los principales grupos económicos de la época y de los principales medios de comunicación.

La política represiva que se aplicó desde el 13 de junio de 1968 fue necesaria, precisamente, para apuntalar el proyecto económico, social y político de dichos sectores. Permitió que los trabajadores y los sectores populares perdieran el 50% de su poder adquisitivo y se llevara a cabo una redistribución regresiva de los ingresos nacionales. Más de 5.000 millones de dólares fueron orientados a dichos sectores. Al retornar a la institucionalidad democrática el 40% de los hogares estaban por debajo de la línea de pobreza.

Las Fuerzas Armadas fueron derrotadas

El proyecto constitucional de las Fuerzas Armadas no tenía vocación democrática.  Se promovió para legitimarse y mantenerse en el gobierno. Fue derrotado en el plebiscito de 1980 de una manera contundente. De ahí en más, la amplia movilización desplegada por el pueblo uruguayo condujo a la reconquista luego de más de una década de institucionalidad vacía de contenido y represiva.

En este país hay democracia y libertad porque miles y miles de uruguayos supieron estar donde había que estar, arriesgando sus vidas y libertades, enfrentando al gobierno de Jorge Pacheco Areco, al de Bordaberry y luego al terrorismo de Estado, en todo el país y fuera de fronteras, generando una enorme oleada de solidaridad internacional que maniató a los gobernantes. El pueblo uruguayo  pagó un duro precio en detenidos desaparecidos, asesinados, presos, clandestinos y exiliados.

Para afirmar la libertad y la democracia, las graves violaciones a los derechos humanos que se cometieron en este país no pueden quedar impunes. Fueron masivas, sistemáticas y generalizadas contra una población civil, tipificables como Crímenes de Lesa Humanidad. Fueron cometidas por funcionarios del Estado que debían impedir que ocurrieran. Tienen que ser esclarecidas y sancionadas por el poder del Estado que tiene las prerrogativas constitucionales para hacerlo. Como hasta ahora, los presuntos involucrados deben seguir contando con todas las garantías constitucionales.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicada en El Popular Nº 606 - 7 10 2022