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La Corte Electoral no quiso que lo fuera

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Cuando el año pasado los ciudadanos que aspirábamos a que se llevara a cabo un plebiscito para, reforma de la constitución mediante, anular la ley de caducidad, una Corte Electoral con una integración no representativa de los cambios culturales y políticos procesados en el país en las últimas décadas, asociada por lo mismo a los sectores políticos que aprobaron en su momento la Ley 15.848, decidió que no hubiera un auténtico plebiscito popular desconociendo lo establecido por el Artículo 331 de la Constitución.

La Corte Electoral estipuló, desvirtuando el sentido de la aspiración de los convocantes, que sólo habría una papeleta, la de quienes se manifestaran a favor de la iniciativa. Se inhibió de este modo que hubiese un auténtico pronunciamiento del cuerpo electoral: los votos a favor y los votos en contra de los ciudadanos en torno a la consulta que se realizaba.

Solamente se contabilizaron los votos a favor de la iniciativa. De manera malintencionada y perversa, se establecieron reglas de juego que desvirtuaron el procedimiento electoral y lo desnaturalizaron. Se estableció incluso que los votos anulados de aquellos ciudadanos que manifiestamente estaban a favor de la iniciativa, se contabilizaban como negativos.

Como resultado de esta maniobra, absolutamente legal pero desnaturalizadora del procedimiento, el único pronunciamiento que hubo en dicha instancia, el único veredicto popular válido, fue el de más de un millón cien mil ciudadanos que pusimos la papeleta rosada del Sí, manifestando nuestra disposición a anular la Ley de Impunidad para construir un Uruguay plenamente democrático. Un auténtico pronunciamiento ciudadano.

Casi la mitad de los habilitados para votar, expresamos nuestra aspiración de erradicar del ordenamiento jurídico una norma ya declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia para el caso específico de Nibia Sabalzagaray.

Los votos obtenidos a favor de la iniciativa, en función de esta maniobra artera de la Corte Electoral, dadas las disposiciones constitucionales, no alcanzaron para aprobar la iniciativa de reforma propuesta.

Extraer del fracaso de la iniciativa la conclusión de que la ciudadanía se manifestó a favor de mantener la amnistía para los perpetradores de violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el terrorismo de Estado, es otra grosera manipulación llevada adelante por el Comité Pro Impunidad de los sectores conservadores de nuestro país, liderados por el matutino El País: Primero Siempre en favor de las causas más innobles y degradantes.

En octubre del año pasado no hubo un pronunciamiento del cuerpo electoral en su conjunto para mantener la Ley de Caducidad. Hubo un auténtico pronunciamiento popular para aprobar una iniciativa destinada a erradicarla, pero claramente insuficiente para lograrlo, de acuerdo a las disposiciones legales para concretarla.

Quienes abogamos por erradicar del ordenamiento jurídico la Ley 15 848 en forma inmediata, no estamos propiciando desconocer un pronunciamiento del conjunto de la ciudadanía pues en octubre del año pasado, explícitamente, no lo hubo. Y no lo hubo debido a la maniobra pergeñada, en su momento, por una Corte Electoral no representativa del sistema político uruguayo, como es de pública notoriedad.

La ofensiva conservadora en los medios de comunicación y a nivel parlamentario para evitar que el Parlamento destierre una norma absolutamente inmoral, violatoria de los convenios internacionales suscriptos por el país, claramente inconstitucional, antidemocrática, que impide que sean investigados los crímenes más horrendos en la historia del país, los crímenes cometidos, precisamente, por aquellos que debían velar porque ellos no ocurrieran, debería fracasar estrepitosamente.

El Parlamento debe desterrar la Ley de Caducidad apelando a los votos de quienes quieren lo mejor para el país y no tienen compromisos con el Terrorismo de Estado. A más de 25 años del retorno a la institucionalidad, la transición democrática, debe continuar y afirmarse si se pretende construir un Uruguay democrático, afirmado en la plena vigencia de los DDHH y de las normas que los protegen. Evitar la inminente condena por parte de la Corte Interamericana de DDHH de la OEA es un suplemento nutricional de las convicciones democráticas.
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Una condena más anunciada que la muerte de la crónica.

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El Frente Amplio ha presentado en el Parlamento una ley destinada a declarar inaplicables algunos artículos de la Ley de Caducidad. La misma, en un acto de verdadera sumisión ante la prepotencia de los militares liderados por el Gral. Raúl Medina, fue sancionada por el órgano legislativo a fines del año 1986.

El propósito manifiesto de la iniciativa es el de evitar una segura condena a nuestro país por parte de la Corte Interamericana de DDHH ante la demanda presentada por Macarena Gelman y su abuelo, Juan Gelman, por la desaparición de María Claudia García de Gelman a fines del año 1976.

Es público y notorio que Uruguay deberá dejar sin efecto, a corto plazo, la Ley de Caducidad, cualquiera sea el camino legislativo que se transite para ello. Los fallos de la Corte Interamericana de DDHH son inapelables y de aplicación obligatoria para los Estados.

A diferencia de los pronunciamientos que realiza la Comisión Interamericana de DDHH, que no son vinculantes ni mandatorios, los fallos de la Corte son de cumplimiento forzoso para los Estados.

El simple pronunciamiento de la Corte Interamericana de DDHH hacia un país, ya es para el mismo, un enorme descrédito y bochorno a nivel internacional. Refleja un país de cuarta, que no honra los tratados y convenciones internacionales que soberanamente suscribe.

Uruguay será tapa en todos los medios de prensa a nivel internacional. La Corte Interamericana de DDHH condenó a Uruguay por no cumplir con la normas de DDHH. Será seguramente el titular en medios de prensa como El Herald Tribune, Times y otros órganos internacionales.

El no cumplimiento de la resolución de la Corte sería harina de otro costal. Las consecuencias serán de otra índole y naturaleza. No tenemos conocimiento de ningún país que no haya cumplido con una resolución en tal sentido.

Lo más significativo, sin duda, será el motivo de la condena. Uruguay no será condenado por impedir que se investigue la muerte o la desaparición en oscuras circunstancias, hace más de treinta años, de un supuesto líder guerrillero, con varios delitos de sangre en su haber y su segura participación en atentados terroristas que costaron la vida a decenas de ciudadanos inocentes.

Uruguay será condenado por negarse a investigar la desaparición de una adolescente de 20 años que fue secuestrada en Argentina, trasladada ilegal y secretamente a otro país, el nuestro, en una operación conjunta de fuerzas represivas transnacionales, a los solos efectos de apropiarse de la criatura que llevaba en su vientre y posteriormente hacerla desaparecer.

Todos los crímenes por razones políticas son despreciables e injustificables, pero algunos, por su magnitud, por su crueldad, por lo repudiable en sí, lastiman la sensibilidad más que otros. Este es uno de esos casos.

Haciendo política menor, invocando el respeto a pronunciamientos populares que ellos no respetaron ya que en su momento impúdicamente los obstaculizaron, especulando con la posibilidad de poder mencionar en las próximas elecciones que Uruguay, con un gobierno de izquierda, fue condenado por violar los DDHH, dirigentes históricamente comprometidos con la Impunidad hacia los criminales de la dictadura, entorpecen y frenan el debate parlamentario para aprobar dicha ley.

Hace menos de un año, llamaron públicamente a no invertir en Uruguay. Ahora se regocijan con la idea de una bochornosa condena.

Luego del fallo condenatorio de la Corte, para levantar la imagen de Uruguay, se necesitaría, por lo menos, un gol de Forlán, entrando al arco rival con la pelota dominada, luego de haber eludido a toda la defensa, golero incluido, en el último minuto del alargue de un partido jugado por nuestra celeste ante un rival como España. Y de taquito. Con menos de eso, no hay chance.

La ley de Caducidad es injusta, inconstitucional e inmoral. Impide el funcionamiento pleno del principio de la separación de poderes. Mantiene dependiente del Poder Ejecutivo al Poder Judicial para cumplir con sus cometidos en crímenes de Lesa Humanidad. Más de un millón y cien mil uruguayos reclamaron en forma militante su anulación hace pocos meses. Debería ser anulada por dichas razones, esencialmente, para asegurar el pleno Estado de Derecho y fortalecer la democracia. Evitar la segura e inminente condena por parte de la Corte Interamericana de DDHH es un plus para actuar con mayor energía y convicción democrática en forma inmediata.
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El fin no justifica los medios

1º de Octubre de 2010


Declaraciones del Director del Ministerio de Economía y Finanzas, Pedro Apezteguía, que publica en el día de hoy La Diaria, justifican el decreto reglamentario del Artículo 10 de la Ley de reparación 18 596, aprobado por el Poder Ejecutivo esta semana, en base al costo económico que ello significaría para el Estado.

Desconocemos en base a que parámetros y en que consideraciones llega el ministerio a las cifras que menciona. No somos expertos en cuentas. Pero los números no nos cierran, aún en el hipotético caso de que todas y todos los ex presos políticos pudieran hacer uso del legítimo derecho que la ley 18 596 les otorga, que el decreto que defiende les cercena, arbitraria y antojadizamente, y optaran por atenderse en el sistema mutual privado.

Lo de arbitrario y antojadizo viene a cuento porque el decreto de marras no fundamenta la decisión adoptada, en ningún plano, asumiendo que el Poder Ejecutivo tiene potestades que las normas constitucionales no le otorgan en nuestro país.

Es más, en una reunión que mantuvo el Director Apezteguía y el Subsecretario del Ministerio de Economía y Finanzas con una delegación de Crysol, a propósito de dicho tema, ambos se comprometieron a informar al colectivo acerca de las proyecciones económicas que estaban haciendo. No lo hicieron. Hasta el día de hoy. Que conste en actas.

La ley es la ley.

El texto de la ley es clarísimo y es lo que debe primar por encima de las cuentas, aunque haya que hacerlas y esté bien que se hagan, para administrar los dineros públicos en forma responsable.

La ley Nº 18.211 de 5 de diciembre de 2007 que crea el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) fue aprobada por los mismos parlamentarios que dos años después procedieron a sancionar la Ley Nº 18.596.

Se deduce fácilmente, por lo mismo, que al consagrar el derecho a la atención gratuita y vitalicia para las ex presas y los ex presos políticos, entre otras categorías de víctimas del Terrorismo de Estado, en el marco del SNIS, tenían muy claro las implicancias del derecho que otorgaban.

Los legisladores otorgaron el derecho a elegir el prestador de salud que cada uno considerara conveniente. El SNIS está conformado por el sistema mutual privado y el sistema mutual público (ASSE). Al establecer el derecho a la atención gratuita y vitalicia en el marco del SNIS, el Parlamento consagró el derecho a elegir a cada beneficiario. En caso contrario, habrían otorgado el derecho a la atención gratuita y vitalicia en el sistema mutual público (ASSE) directamente, si esa hubiese sido su voluntad.

Defendemos nuestro derecho a elegir.

Desde la aprobación del Decreto 268/2008 al cual la Ley Nº 18.596 le aumenta su jerarquía legal, centenares de ex presas y de ex presos políticos en todo el país recurren a los servicios de ASSE para cubrir su atención en salud. La gran mayoría, seguramente, seguirían recurriendo a dichos servicios, aún cuando el decreto aprobado esta semana no les cercenara el legítimo derecho a optar que la ley les otorgó.

A diferencia de lo que señala Apezteguía en el artículo que citamos, Crysol rechaza la interpretación de la ley Nº 18 596 que realiza el Poder Ejecutivo por limitar y restringir un derecho consagrado. Crysol no reclama tener atención en el sistema mutual privado como da a entender el jerarca gubernamental. Simplemente rechaza el cercenamiento de un derecho que realiza un poder del estado que no tiene potestades para legislar. Si estuviera de este lado del mostrador, como viejo luchador, él también protestaría por esta limitación ilegítima de un derecho.

Afirmar la democracia.

En aras de economizar recursos económicos del Estado, preocupación que compartimos, el Poder Ejecutivo no tiene potestades para modificar, por la vía administrativa, las leyes que aprueba el Parlamento. Es un principio básico del sistema constitucional vigente en el país. Por más noble que sea el propósito.

Crysol representa a todas y a todos los ex presos políticos de Uruguay. Representa incluso a aquellos que no necesitan el respaldo y la protección de la organización. Defiende y promueve los derechos que las normas internacionales y nacionales les confieren. No puede, y no debe aceptar que, violentando las disposiciones propias del sistema constitucional vigente en el país, el Poder Ejecutivo restrinja los derechos consagrados por la Ley Nº 18.596 en materia de atención en salud.

Crysol representa a los miles de ciudadanos que durante el período iniciado el 13 de junio de 1968, y que desembocara en el terrorismo de Estado, sufrieron apremios, torturas, prisión ilegítima y prolongada en condiciones de reclusión aberrantes, diseñadas específicamente para la destrucción física, psíquica y moral. Debido a estas condiciones de cautiverio cuentan, además, por lo mismo, como ya se ha demostrado, científicamente, con menores expectativas de vida que el resto de la población.

A 25 años del retorno a la institucionalidad democrática, por la cual tanto luchamos las ex presas y los ex presos políticos junto a los trabajadores y el pueblo, el Estado uruguayo no ha cumplido cabalmente con sus obligaciones en materia de Derechos Humanos. Específicamente, no ha implementado cabalmente la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas. Tampoco ha cumplido con la Convención Internacional contra la Tortura y otros tratos y penas crueles inhumanos y degradantes.

Seguiremos trabajando por ello. En lo inmediato nos movilizamos en rechazo de la interpretación de la ley que realiza este decreto. Lo haremos en el plano político y también en el plano administrativo y legal. Es lo que corresponde. Aunque no guste. Aunque afirmen, en los pasillos, que nunca estamos satisfechos con nada, entre otras cosas que andan murmurando.

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