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Continuar la búsqueda de los detenidos desaparecidos

 El actual integrante del Consejo Directivo de la INDDHH Wilder Tayler concurrió el lunes pasado a la sede de Crysol. Se entrevistó con la Comisión Directiva en pleno. Se dialogó acerca de los desafíos de la institución en la actual coyuntura.  La ley 19 822 otorga a la institución el mandato de continuar la búsqueda de los detenidos desaparecidos. Hasta el momento dicha labor fue asumida por la Dra. Mariana Mota junto con Wilder Tayler.


Crysol adhirió  al petitorio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo presentado por un centenar de organizaciones sociales cuestionando el trabajo de la Comisión Bicameral que llevó a cabo el proceso de selección de candidatos. No pudimos firmar el petitorio por razones formales. Adherimos y contribuimos.

Conscientes de la importancia de la temática y con amplia experiencia práctica, Crysol hizo gestiones adicionales en los días previos. Abogó, ante los parlamentarios de la oposición,  para que se hicieran los mayores esfuerzos posibles para asegurar por lo menos un representante que contara con amplio respaldo social y con experiencia en temáticas muy sensibles para nuestro colectivo de ex presas y de ex presos políticos.

La coalición impuso su mayoría

Tal cual estaba previsto, la Asamblea General eligió a los nuevos integrantes del Consejo Directivo de la INDDHH el pasado jueves 11 de agosto. La coalición de partidos que gobierna (Partido Nacional, Partido Colorado, Cabildo Abierto, Partido Independiente y Partido de la Gente), consciente de su mayoría absoluta, se adjudicó 4 cargos.

La coalición multicolor, además, impuso condiciones muy duras a la oposición para que pudiese haber un integrante del Directorio que significara la continuidad de la gestión anterior y tuviera amplio respaldo de organizaciones sociales. Gracias a los  esfuerzos de parlamentarios comprometidos con la temática de Verdad y Justicia  que Crysol ya valoró y reconoció públicamente,  Wilder Tayler resultó elegido. Junto con Mariana Mota fue propuesto por Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, por Crysol y numerosas organizaciones sociales.

Una visión crítica sobre los nuevos integrantes

Los representantes elegidos por la coalición gubernamental pueden ser, seguramente lo son, excelentes personas, profesionales capacitados, completamente honorables y de vasta experiencia en su trayectoria. Pero los cuatro fueron elegidos en representación de sectores políticos partidarios que integran la coalición gubernamental. A ellos, a sus puntos de vista, a sus criterios, a sus orientaciones, deberán ajustar su trabajo y su conducta, explícita o implícitamente.

Marcos Israel, próximo Presidente y Carmen Rodríguez fueron elegidos por los dos cupos que se asignó el Partido Nacional, Jimena Fernández por el Partido Colorado y Bernardo Legnani en representación de Cabildo Abierto, el único sector político que, liderado por el exteniente general Guido Manini ha defendido públicamente a los terroristas estatales.

Los sectores sociales con los cuales la coalición gubernamental  se siente identificada y santifica, son poderosos, son los dueños del poder. Históricamente han despreciado  las normas de DDHH, no las reconocen. Esos mismos sectores y sus voceros de prensa han estado permanentemente atacando a la INDDHH.

La historia latinoamericana, tal cual lo ha puesto de manifiesto hasta Mario Vargas Llosa, muestra que esos sectores sociales poderosos, cuando sienten que sus intereses están siendo amenazados o perjudicados recurren a estudios jurídicos de primer nivel para presentar sus demandas ante los gobernantes, apelan a los estrados judiciales o, en último caso, de acuerdo a las circunstancias, si es necesario, a golpes de Estado como ocurrió en nuestro país hace casi 50 años.

La INDDHH: una mejor democracia

La creación de la INDDHH durante el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, luego de un  esfuerzo multipartidario, fue  un  avance institucional, significó una mejora sustantiva de la calidad democrática. Los derechos humanos pasaron a ser un punto específico en las preocupaciones del Estado, destinado a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

Inspirada en los Principios de París de las Naciones Unidas, la INDDHH es un órgano no jurisdiccional, distinto al judicial, con procedimientos diferentes, para la promoción y, fundamentalmente, para la protección de los derechos humanos de las personas. Es una instancia adicional diferente para mejorar la vida de los ciudadanos frente a los potenciales abusos de poder de los funcionarios estatales.

Posteriormente, por mandato legal se le otorgaron nuevas atribuciones. Se aprobó la ley 19 641 (Ley de Sitios de Memoria) y la Ley 19 822 (Ley de Búsqueda de los Detenidos Desaparecidos). La Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria (CNHSM) funciona en el ámbito de la INDDHH dirigida por la investigadora Virginia Martínez, llevando adelante un muy importante trabajo.

Una golondrina no hace verano. La presencia de Wilder Tayler no impedirá que la coalición gubernamental cumpla su propósito de desmantelar y/o desnaturalizar a la INDDHH, pero asegura una mirada experta y vigilante ante dicho proceso. Haber logrado  su elección fue un acierto. Haremos gestiones para que continúe al frente de la búsqueda de los Detenidos Desaparecidos. Crysol estará atenta al desarrollo de los acontecimientos.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**)  Publicado en El Popular Nº 602 - 26 08 2022

Golpazo a la impunidad

 Por primera vez, la Justicia  uruguaya inicia un proceso contra los represores materiales que participaron de los emblemáticos asesinatos del 20 de mayo de 1976.

Fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad Ricardo Perciballe.

La semana pasada, el juez en lo penal de 31er turno, Fernando Islas, imputó a los militares en situación de reforma José Arab, Ernesto Ramas, Jorge Pajarito Silveira y el expolicía Ricardo “Conejo”  Medina, en la causa que investiga los asesinatos de Rosario Barredo, William Whitelaw, Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz y la desaparición forzada del militante comunista Manuel Liberoff.

Además incluyó otras decenas de violaciones a los derechos humanos perpetradas por los represores uruguayos en Buenos Aires, entre ellas, la privación de libertad de Gabriela Schroeder, Victoria Barredo y Máximo Barredo, y la supresión de estado civil de Macarena Gelman y Mariana Zaffaroni.

Entre los delitos imputados por Islas, se encuentra el de homicidio muy especialmente agravado, supresión de estado civil en la calidad de coautor, abuso de autoridad contra los detenidos, lesiones graves, privación de libertad, desaparición forzada y rapiña.

Crímenes escandalosos

La dictadura uruguaya ya había demostrado una enorme ferocidad represiva, incluso antes de ser formalmente una dictadura. El gobierno de Juan María Bordaberry fue el continuador de Jorge Pacheco que durante su mandato ensangrentó las calles con sangre estudiantil y conformó el Escuadrón de la Muerte.

Juan María Bordaberry, incluso antes de la disolución de las Cámaras en junio de 1973, desde la aprobación de la declaración del Estado de Guerra Interno el 15 de abril de 1972, había impulsado, con la buena disposición de los mandos militares,  una gran campaña represiva contra el Movimiento de Liberación Nacional (MLN) y otros grupos que realizaban acciones armadas para desarticularlos. La misma abarcó a todo el país e involucró a las tres fuerzas, además de la Policía. A los seis meses se había proclamado oficialmente su desarticulación. Cuando en junio de 1973 se inicia la huelga general contra el golpe, la Cárcel de Paso de los Toros, Punta Carretas, el Penal de Libertad y el Penal de Punta de Rieles estaban abarrotados de presas y de presos políticos del movimiento popular.

Durante el año 1974 los servicios represivos de la dictadura civil militar impidieron sangrientamente  los intentos reorganizativos del MLN. Asimismo continuaron la escalada represiva contra otras organizaciones de la resistencia, en el marco de una dictadura que había eliminado la libertad de prensa y prohibido las actividades sindicales y políticas.

A fines del año 1975 y principios de 1976 se desplegó la Operación Morgan contra las estructuras clandestinas del Partido Comunista del Uruguay (PCU) que lideraban la resistencia organizada. Implicó el secuestro y detención de centenares de militantes de dicha organización que pasaron por la Casona de Punta Gorda (Infierno Chico), el 300 Carlos (Infierno grande) y la exCárcel del Pueblo (Juan Paullier 1190) entre otros centros represivos.

Cuando se conoció que  el exsenador Zelmar Michelini y el exdiputado Héctor Gutiérrez Ruiz habían sido asesinados junto con los exiliados Rosario Barredo y William Whitelaw en Buenos Aires, un sentimiento de estupor sacudió a la sociedad uruguaya. Con el correr de las horas se supo que el líder del Partido Nacional Wilson Ferreira Aldunate había salvado su vida milagrosamente y que el operativo represivo incluyó el secuestro y la desaparición del Dr. Manuel Liberof. El accionar represivo superó ampliamente todos los límites imaginables hasta ese momento y conmocionó a todo el país. El brazo represivo de la dictadura superaba las fronteras nacionales y se intuía  una coordinación represiva.

Los familiares de las víctimas dignos exponentes

La causa judicial se concretó gracias al esfuerzo, el sacrificio y la valentía de los familiares de las víctimas que la promovieron y la impulsaron. La Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad cumplió con su cometido y el Poder Judicial formalizó a algunos de los principales involucrados en los hechos. La responsabilidad del expresidente Juan María Bordaberry y del ex ministro de Relaciones Exteriores Juan Carlos Blanco, exsenador del Partido Colorado al retornar a la democracia, ya había sido acreditada.

La investigación, el esclarecimiento y la sanción de las graves violaciones a los derechos humanos es un requisito básico y esencial para que esos hechos no vuelvan a reiterarse. Cada pronunciamiento judicial condenatorio de estos crímenes es un ladrillo más en la afirmación democrática y del Estado de derecho.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 601 - 19 08 2022

Comienza el desguace, si pueden

 Tomás Lynn, Pedro Bordaberry y Hebert Gatto, desde las páginas de El País, se sumaron a la campaña destinada a desmantelar a la INDDHH al renovar las autoridades. Los dos últimos han salido a justificar la decisión de la coalición gubernamental de designar a los nuevos integrantes del Consejo Directivo de la INDDHH en base a cuotas políticas. Además aplican un criterio arbitrario: la distribución de cargos que pretenden, cuatro y uno,  tampoco refleja el mapa electoral del país.


La coma no es lo de menos

La elección de los miembros del Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del pueblo se regula básicamente por el Artículo 39 de la Ley 18 446 que la creó en el año 2008. En dicho artículo se define muy claramente que la presentación de postulantes para integrar el mismo es una potestad exclusiva de las organizaciones sociales  en condiciones de participar activamente en las Asambleas de ella. Y los parlamentarios y las parlamentarias podrán recibir propuestas y formular una lista de candidatos en base a ellas.

El sentido literal del texto, hay una coma equivalente a un punto y que excluye a las parlamentarias y parlamentarios, fue interpretado de una manera distinta por la Comisión Bicameral con mayoría gubernamental. Para ello se basó en un informe jurídico que tomó en cuenta lo realizado en instancias anteriores y explicaciones dadas por  parlamentarios que participaron en la redacción de la norma.

La ley es clara

El Parlamento debe elegir integrantes del Consejo Directivo que representen a la sociedad civil en su más amplia diversidad temática en lo referido a las temáticas involucradas. Es lo que establece el Artículo 36 que los parlamentarios gubernamentales pretenden desconocer.

La INDDHH fue creada como un órgano autónomo e independiente, basándose en los Principios de París de las Naciones Unidas, para potenciar a las organizaciones sociales en la defensa y promoción de las normas de Derechos Humanos y propiciar el control sobre los funcionarios, civiles y militares, del Estado. Por ello, la Ley 18 846 señala que son ellas quienes tienen la potestad de postular candidatos a integrar el Consejo Directivo de la Institución.

El Artículo 36, estipula muy claramente que en su integración se procurará asegurar la representación pluralista de las fuerzas sociales de la sociedad civil interesadas en la promoción y protección de los derechos humanos, conforme a los principios de equidad de género y no discriminación.

Es decir, los parlamentarios deben elegir soberanamente en función de asegurar la representación plural de fuerzas y organizaciones sociales interesadas en la promoción de las normas de derechos humanos.

Aplicar el bisturí a fondo

De la mano de Cabildo Abierto y de otros sectores conservadores, la coalición gubernamental no propuso ningún candidato para que fuera reelegido. Su proyecto de Institución es un órgano afín al gobierno, que no moleste, que no interfiera, silencioso y complaciente, con escasa o nula participación de las organizaciones de la sociedad civil organizada.

La renovación parcial de autoridades está prevista, como una recomendación, en la norma de creación en la ley 18.446, en su Artículo 41, cuando señala: En ocasión de la renovación de los miembros del Consejo Directivo de la INDDHH, se procurará que algunos sean reelectos a los efectos de garantizar continuidad en la experiencia de gestión de la INDDHH.

INDDHH: al servicio de la sociedad

La Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (Inddhh) es un órgano no jurisdiccional, no judicial, informal, para la defensa y la protección de los ciudadanos frente a los abusos de poder de los funcionarios del Estado ya sean civiles o militares. Su accionar es y debe ser molesto para las autoridades de turno si cumple con sus cometidos básicos y esenciales. Son los funcionarios del Estado quienes violan los derechos humanos.

La INDDHH es una unidad dependiente del Parlamento pero autónoma con el cometido específico de defender y promover los DDHH. Su tarea central  es controlar la actuación de  los funcionarios del Estado: es un ámbito  de protección de los derechos humanos sin las formalidades y requisitos propios del Poder Judicial.

Un nuevo frente de trabajo

La decisión de la coalición gubernamental de apropiarse de manera arrolladora del Consejo Directivo de la INDDHH supone el inicio de una nueva etapa. En ella, las organizaciones de la sociedad civil deberán definir una estrategia para evitar o al menos entorpecer  su desmantelamiento. Buenas y loables intenciones no tienen. 

La coalición gubernamental refleja los intereses de los sectores sociales que son parte del poder en Uruguay, sectores sociales que no creen en las normas de DDHH, que no las valoran, que las desprecian, que no creen en órganos como la INDDHH. Son los mismos sectores sociales que cuando sienten que sus intereses están amenazados o perjudicados recurren a estudios jurídicos de primer nivel para expresar sus demandas, interpelar a los gobernantes directamente o, en último caso, de acuerdo a las circunstancias, a promover golpes de Estado como ocurrió en nuestro país hace casi 50 años.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 600 - 12 8 22

La sociedad civil movilizada

 La INDDHH es y será defendida

Antes de que comenzara la sesión de   la Asamblea General del Parlamento para proceder a la elección del Consejo Directivo de la INDDHH el pasado lunes 1º de agosto varias decenas de organizaciones de la sociedad civil anunciaron su intención de iniciar acciones legales ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Cuestionan legítimamente la manera en que se ha llevado a cabo el proceso de selección de  las autoridades y la desnaturalización de ella que se pretende instalar por parte de la coalición gubernamental.

La coalición apostó a la renovación total

De la mano de Cabildo Abierto y de otros sectores conservadores, la coalición gubernamental no propuso ningún candidato para que fuera reelegido. Los senadores de Cabildo Abierto se han caracterizado por manifestar en forma constante y permanente su hostilidad hacia la Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo. El senador Guillermo Domenech llegó incluso a no votar el presupuesto para ella y declaró que debería no existir. El diputado Eduardo Lust, de su mismo sector, informó públicamente que presentará un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 18 446 que la creó ante la Suprema Corte de Justicia.

La renovación parcial de autoridades está prevista, como una recomendación, en la norma de creación en la ley 18.446, en su Artículo 41, cuando señala: En ocasión de la renovación de los miembros del Consejo Directivo de la INDDHH, se procurará que algunos sean reelectos a los efectos de garantizar continuidad en la experiencia de gestión de la INDDHH.

Representar a la sociedad civil

El Parlamento debe elegir integrantes del Consejo Directivo que representen a la sociedad civil en su más amplia diversidad temática en lo referido a las temáticas involucradas. Es lo que establece el Artículo 36 que los parlamentarios gubernamentales pretenden desconocer.

La INDDHH fue creada como un órgano autónomo e independiente, basándose en los Principios de París de las Naciones Unidas, para potenciar a las organizaciones sociales en la defensa y promoción de las normas de Derechos Humanos y propiciar el control sobre los funcionarios, civiles y militares, del Estado. Por ello, la Ley 18 846 señala que son ellas quienes tienen la potestad de postular candidatos a integrar el Consejo Directivo de la Institución.

El Artículo 36, estipula muy claramente que en su integración se procurará asegurar la representación pluralista de las fuerzas sociales de la sociedad civil interesadas en la promoción y protección de los derechos humanos, conforme a los principios de equidad de género y no discriminación.

Es decir, los parlamentarios deben elegir soberanamente en función de asegurar la representación pluralista de fuerzas y organizaciones sociales interesadas en la promoción de las normas de derechos humanos. No deben limitarse a elegir personalidades con experiencia, formación y conocimiento, sino a representantes de organizaciones sociales de una manera pluralista con diferentes sensibilidades temáticas.

INDDHH: al servicio de la sociedad

La Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (Inddhh) es un órgano no jurisdiccional, no judicial, informal, para la defensa y la protección de los ciudadanos frente a los abusos de poder de los funcionarios del Estado ya sean civiles o militares. Su accionar es y debe ser molesto para las autoridades de turno si cumple con sus cometidos básicos y esenciales. Son los funcionarios del Estado quienes violan los derechos humanos.

La INDDHH es una unidad dependiente del Parlamento pero autónoma con el cometido específico de defender y promover los DDHH. Su tarea central  es controlar la actuación de  los funcionarios del Estado: es un ámbito  de protección de los derechos humanos sin las formalidades y requisitos propios del Poder Judicial.

El Parlamento debe elegir de acuerdo a la ley

La integración del próximo Consejo Directivo es un tema muy importante  para la defensa y la protección de los DDHH en los próximos años. La sociedad civil, sus organizaciones, deberán  seguir acompañando movilizadas  el actual proceso de designación de autoridades y prepararse  para defender a la institución ante un Consejo Directivo con mayoría de integrantes designados por cuota política.

La INDDHH es una conquista de la sociedad y, posiblemente,  habrá que participar en ella en un clima adverso hacia las organizaciones. Se avecina el Cuarto Ciclo del Examen Periódico Universal de Uruguay ante el Consejo de DDHH de la ONU. Será una excelente oportunidad de denunciar ante la comunidad internacional la actuación en este plano.

Hasta que culmine el proceso de designación de autoridades e incluso después,  la movilización que pueda desplegarse, en el plano nacional e internacional puede ser decisiva. Habrá que mantenerla.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 599 – 5 8 22