La subsecretaria de RREE Carolina Ache manifestó en foros internacionales de la ONU que Uruguay va a respetar lo establecido por la Ley 18 446 para la elección del nuevo Consejo Directivo de la INDDHH. Sin embargo, ningún parlamentario gubernamental postuló la candidatura de algún integrante del actual Consejo Directivo. Como expresó el coronel Raúl Lozano, aplicarán el bisturí a fondo. La coalición no dejará piedra sobre piedra.
Senadores de Cabildo Abierto: general Guido Manini Ríos, coronel Rául Lozano y escribano Guilermo Domenech
Ni uno solo
Los parlamentarios
gubernamentales presentaron un número importante de candidatos para integrar el
próximo Consejo Directivo de la INDDHH. La lista es amplia y variada, algunos
verdaderamente impresentables por no cumplir con los requisitos exigidos por el
texto legal. Diego Burgueño es un clarísimo ejemplo.
El hecho de que ningún
parlamentario gubernamental haya postulado la candidatura de algún miembro
actual del Consejo Directivo es un claro indicio de que no piensan asegurar la
continuidad de las políticas implementadas en los últimos 10 años ni siquiera
en lo que tiene que ver con las prácticas y costumbres institucionales.
La renovación parcial de
autoridades está prevista, como una recomendación, en la norma de creación en
la ley 18.446, en su Artículo 41, cuando señala: En ocasión de la renovación de
los miembros del Consejo Directivo de la INDDHH, se procurará que algunos sean
reelectos a los efectos de garantizar continuidad en la experiencia de gestión
de la INDDHH.
Órgano no jurisdiccional para los DDHH
La Institución Nacional de
DDHH y Defensoría del Pueblo (Inddhh) es un órgano no jurisdiccional, no
judicial, para la defensa y la
protección de los ciudadanos frente a los abusos de poder de los funcionarios
del Estado ya sean civiles o militares. Su accionar es y debe ser molesto para
las autoridades de turno si cumple con sus cometidos básicos y esenciales. Son
los funcionarios del Estado quienes violan los derechos humanos.
Controlar y vigilar al Estado
La INDDHH es una unidad
dependiente del Parlamento pero autónoma con el cometido específico de defender
y promover los DDHH. Su tarea central es
controlar la actuación de los
funcionarios del Estado: es un ámbito de
protección de los derechos humanos sin las formalidades y requisitos propios
del Poder Judicial.
Luego de su creación en el
año 2008, a la INDDHH, posteriormente, mediante reformas legislativas, se le
adicionaron nuevas tareas y responsabilidades, algunas de ellas referidas al
período conocido como de actuación ilegítima y del terrorismo de Estado (1968
-1985). Entre ellas, cobra particular importancia las atribuciones otorgadas
por la Ley 19.822 que le da competencias para continuar la búsqueda de los
Detenidos Desaparecidos. Al mismo tiempo, la Comisión Nacional Honoraria de
Sitios de Memoria funciona dentro de su ámbito institucional.
Las organizaciones sociales: el centro de la institución
Para evitar la
partidización y el reparto de cargos por parte del sistema político, uno de los
aspectos positivos de la Ley 18 446, inspirada en los Principios de París de
las Naciones Unidas, es el reconocimiento explícito que hace a las organizaciones
de la sociedad civil para postular
candidatos a integrar el Consejo Directivo de la Institución.
Además, el Artículo 36,
estipula muy claramente que en su integración se procurará asegurar la
representación pluralista de las fuerzas sociales de la sociedad civil
interesadas en la promoción y protección de los derechos humanos, conforme a
los principios de equidad de género y no discriminación. Es decir, los
parlamentarios deben elegir soberanamente en función de asegurar la
representación pluralista de fuerzas y organizaciones sociales interesadas en
la promoción de las normas de derechos humanos. No deben limitarse a elegir
personalidades sino a representantes de organizaciones sociales con formación y
experiencia y de una manera pluralista con diferentes sensibilidades temáticas.
Respetar la ley: su letra y su espíritu
La integración del próximo
Consejo Directivo es un tema trascendente para la defensa y la protección de los DDHH en
los próximos años. Hay peligros muy ciertos a corto plazo. Se han propuesto y es probable que se elijan candidatos con
clara orientación anti INDDHH conceptualmente e incluso a defensores públicos
de los terroristas de Estado como Diego Burgueño.
Para que la INDDHH pueda
seguir cumpliendo a cabalidad con sus verdaderas funciones, los futuros integrantes del Consejo Directivo
deben representar a la sociedad civil, tener un sólido y efectivo conocimiento de la
normativa, un compromiso de vida con las
normas de DDHH. Deben tenerlo en lo declarativo y también en su trayectoria
vital. Un adecuado balance de género y de sensibilidades temáticas siempre es
aconsejable, además de una renovación
parcial de los mismos para asegurar la continuidad de lo logrado hasta el
momento. Como siempre, la movilización que pueda desplegarse, en el
plano nacional e internacional puede ser decisiva.
---------------
(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus
opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.
(**) Publicado en El Popular Nº 597 - 22 07 22