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A pura mentira

 El artículo 115 de la Ley 14 106 del 14 de marzo de 1973 reparó económicamente a los militares fallecidos en actos de servicio. Los familiares recibieron 85 mil dólares al día de hoy.

Por Gastón Grisoni (*) – 30.12.22


Los senadores de Cabildo Abierto

Mintiendo descaradamente, sin ninguna razón que explique con sensatez tanto apuro, la coalición de gobierno aprobó en el Senado, presionada por Cabildo Abierto, un proyecto de ley que es un auténtico mamarracho jurídico. Además se sustenta en una gran falsedad.

Abusando de la imperiosa necesidad de contar con sus votos en la Cámara de Senadores para aprobar el proyecto de Reforma Jubilatoria, Cabildo Abierto hizo aprobar una minuta de aspiración, sin mayor justificación aparente, en la semana anterior. Logró el envío de un proyecto de ley con la firma de todos los ministros y del propio presidente, su ingreso y aprobación en la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara el martes 27 y su votación al otro día en el Plenario. Un procedimiento alejado de las prácticas democráticas y parlamentarias que los senadores cabildantes obviamente desconocen.

Mienten: los militares fueron reparados

Aduciendo que las víctimas de la violencia no estatal durante el período predictadura y durante el terrorismo de Estado no habían sido reparadas y que había muertos de primera y de segunda categoría, según el Ministro de Defensa Nacional Dr. Javier García, se fundamentó en el breve debate que hubo, el proyecto de ley aprobado en la sesión del Plenario de la Cámara de Senadores.

Sin embargo, el Artículo 115 de la Ley 14 106 de marzo de 1973, aprobada aún en democracia, no deja lugar a dudas. Aunque para esa ley hay muertos de primera y de segunda, repara a los militares víctimas de la violencia no estatal.

“Fíjase la prestación que deberá pagar el Estado por concepto de reparación a los causahabientes del personal militar  fallecido con motivo o a causa de la lucha antisubversiva en los siguientes montos en Unidades Reajustables (Artículo 38 y concordantes de la ley 13.728, de 17 de diciembre de 1968).

   A) Para los causahabientes del personal de categoría Superior: 2.480 (dos mil cuatrocientas ochenta) Unidades Reajustables. (u$s 85.000.- al día de hoy).

   B) Para los causahabientes del personal categoría Subalterna: 2.170 (dos mil ciento setenta) Unidades Reajustables. (u$s 75.000.- al día de hoy).

Los militares, por lo mismo, tenían un marco legal habilitante para ser reparados. De hecho lo fueron, según consta en informes brindados por el exministro del Dr. Julio María Sanguinetti,  Yamandú Fau a requerimiento de la Cámara de Diputados. Cuesta creer que Cabildo Abierto, liderado por el general retirado Guido Manini Ríos, secundado por el coronel retirado Raúl Lozano, no estuviera al tanto.

Quitar gravedad a la actuación de los terroristas de Estado

Cabildo Abierto ha propuesto reimplantar la Ley de Caducidad para que los criminales del terrorismo no sean condenados. Ha hecho su defensa pública una y otra vez y ha presionado, de manera obscena, al Poder Judicial. Mediante este proyecto de ley, con la complicidad del resto de los integrantes de la coalición gubernamental, pretende, de manera indirecta, quitar gravedad a las desapariciones forzadas, a los secuestros de niños, a los asesinatos, a las torturas, a las calamidades sufridas por miles de exiliados y de insiliados forzosos.

Las normas de Derechos Humanos son una conquista de la humanidad, un gran logro de los pueblos. Luego de la trágica experiencia de la Segunda Guerra Mundial, las mismas surgieron a nivel internacional para proteger a los ciudadanos de los potenciales abusos de los funcionarios estatales, civiles, militares y policiales. En este sentido, solamente los funcionarios del Estado violan las normas de DDHH tal como lo ha señalado hace pocas semanas en un reportaje el actual presidente de la INDDHH el Sr. Marcos Israel.

La violencia fue generada desde el poder

El proceso iniciado el 13 de junio de 1968, cuando Jorge Pacheco Areco implantó las Medidas Prontas de Seguridad (MPS), desembocó en la dictadura y luego en el terrorismo de Estado. Las Fuerzas Armadas desempeñaron un papel protagónico, cargan y cargarán, históricamente, una pesada mochila. Fue una calamidad nacional. Sobre dicho proceso recae toda la responsabilidad por los costos directos e indirectos del mismo, en daños y sufrimientos, humanos y materiales.

Los funcionarios del Estado tienen la obligación de respetar las normas de Derechos Humanos y asegurar el pleno usufructo de ellas a toda la ciudadanía. El accionar de los particulares nunca puede ser equiparado ni igualado al de los funcionarios del Estado.

En realidad, lo que se pretende, como parece sugerir el modo en que se presentó el proyecto, se manejó públicamente en los medios y se aprobó, es quitarle gravedad, importancia y significado a los delitos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha calificado como crímenes de Lesa Humanidad en la Sentencia Diana Maidanik  y otros, de noviembre de 2021 y que está, aún,  pendiente de implementar por parte del gobierno.

El debate en la Cámara de Representantes, impedirá que este auténtico mamarracho jurídico, sin montos, sin aclaraciones básicas, pueda prosperar. La calidad de la democracia estará en juego. La más amplia movilización en el marco de evitar la continua pérdida de la capacidad adquisitiva y del nivel de vida de los trabajadores, los jubilados y los pensionistas, de los derechos conquistados, de impedir la aprobación de la Reforma Jubilatoria regresiva, será fundamental.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.



Un agregado militar que no honra al país

 El Ministerio de Defensa Nacional (MDN) acaba de designar al capitán de navío Marcos Saralegui como agregado militar en la Embajada de Alemania. Su designación no prestigia al país. En el año 2017, participó  en el Tribunal de Honor que juzgó al capitán de fragata Juan Carlos Larcebeau. Al absolver de toda falta al involucrado,  desconoció al Poder Judicial e incurrió, de hecho, en apología del accionar terrorista por parte del Estado durante el pasado reciente.

Por Gastón Grisoni (*) – 24. 12.22


Capitán de fragata retirado Juan Carlos Larcebeau

El Plan Cóndor

Las dictaduras del Cono Sur en la década de los 70, con gran intensidad y ferocidad en los años 74 al 78, desarrollaron una intensa coordinación represiva contra los opositores a dichos regímenes, sin importar el lugar en que ellos se encontraran.

Las Fuerzas Armadas uruguayas, con la colaboración de la Policía, llevaron a cabo una verdadera campaña de persecución y aniquilamiento de los uruguayos que, escapando de la represión en el país,  se habían refugiado en Chile, Paraguay, Brasil y fundamentalmente en la Argentina.

Luego del golpe de Estado de Videla en marzo de 1976 la represión se incrementó notablemente con misiones casi permanentes de los servicios de inteligencia operando en el local de la calle Bacacay, en Automotores Orletti y otros centros clandestinos de detención. Oficiales uruguayos como Manuel Cordero han sido condenados por la justicia argentina y cumplen su condena en dicho país.

En noviembre de 1974 se llevó a cabo el secuestro, tortura, traslado clandestino, a Uruguay de los militantes uruguayos que posteriormente serían asesinados en la localidad de Soca como supuesta represalia por la muerte en Francia del coronel Ramón Trabal.

El Fusna: un centro siniestro

La Armada Nacional participó activamente en las campañas represivas desplegadas desde abril de 1972 cuando se le atribuyó a la justicia militar la potestad de juzgar a todas las personas que se entendiera comprometidas en actividades antigubernamentales consideradas fuera de la ley.

Las instalaciones del Fusna, en el puerto de Montevideo, se transformaron en un lugar de tormento y torturas para centenares de luchadores sociales y políticos que fueron interrogados, torturados y recluidos en dicho lugar. Los testimonios de las víctimas en las causas judiciales son estremecedores respecto.

Oficiales del Fusna y marinos, participaron activamente en diferentes operaciones represivas desarrolladas en la Argentina en los años 76, 77 y 78. Tanto en Uruguay como en Argentina y en Italia fue posible identificar a varios de los represores y condenarlos. Uno de ellos, precisamente, fue el fallecido capitán de fragata retirado Juan Carlos Larcebeau, juzgado y condenado por tres instancias diferentes en Uruguay.

Un tribunal de Honor bochornoso

Tal como informó el periodista Leonardo Haberkorn en El Observador, el capitán de fragata retirado Juan Carlos Larcebeau, fallecido en el 2021, en prisión mientras cumplía su condena, fue sometido a un tribunal de honor integrado por los capitanes de navío Marcelo Pazos y Gabriel Guida (hoy retirados) y el capitán de navío Marcos Saralegui quien se encontraba en actividad. El objetivo del tribunal era determinar si los hechos por los cuales fue condenado ante la justicia penal afectaron el honor de la Armada.

El tribunal, que sometió a Larcebeau a un cuestionario ínfimo y no citó a otros testigos, entendió que no. El fallo final fue: “Absolución. Falta absoluta de culpabilidad”. Pero el tribunal fue más allá aún.

Basándose en los juicios elogiosos escritos en el legajo de Larcebeau durante la dictadura, los integrantes del Tribunal de Honor concluyeron que el oficial “era un ejemplo en su actuar profesional para todos sus pares”.

En los fundamentos de su voto, cada uno de los integrantes del tribunal fue aún más explícito. “Se puede establecer que este Señor Oficial era un ejemplo de conducta”, escribió Saralegui. “Se lo podía considerar un modelo militar”.

Agregó que Larcebeau “honraba el uniforme” y que “se destaca su corrección y dignidad en la vida militar”. Fue “un ejemplo y educador de sus subalternos”. De acuerdo con Saralegui, “no se puede considerar que (Larcebeau) no haya actuado con escrupuloso respeto a la dignidad de la Armada”.

Militares que desconocen al Poder Judicial

Los tres marinos que juzgaron a Larcebeau desconocieron al Poder Judicial, el órgano que en nuestro país tiene las potestades constitucionales para investigar, esclarecer y sancionar las conductas delictivas. Al egresar de la Escuela Naval, en su momento, el capitán de fragata retirado Juan Carlos Larcebeau juró por su Honor respetar y acatar la Constitución y las leyes. Desde el mismo momento en que fue condenado por la justicia es un delincuente y al mismo tiempo un perjuro.

Los integrantes del Tribunal de Honor cuyo fallo no fue homologado por el Poder Ejecutivo, obviamente, desconocieron el rol de los tribunales en instancias de esa naturaleza, despreciaron al poder judicial y al mismo tiempo, por los juicios emitidos, hicieron la apología del accionar terrorista del Estado.

Designar al capitán de navío Marcos Saralegui es una decisión equivocada y perniciosa para el país,  para su imagen internacional tan golpeada por sucesos como el de Marset y Astesiano.

Los oficiales de las Fuerzas Armadas que no adhieren a los principios democráticos republicanos y hacen la apología de los criminales estatales, pueden hacerlo desde las filas militantes de Cabildo Abierto pero no dentro de las instituciones estatales con principios  y valores democráticos. El ministro debe actuar tal como lo solicitó Crysol.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular web.

Una minuta para hacer prensa y poco más

 A instancias de Cabildo Abierto el Senado de la República aprobó una minuta de aspiración al Poder Ejecutivo con los votos de los integrantes de la coalición. Se solicita un proyecto de ley que repare e indemnice a las víctimas del accionar de lo que ellos denominan organizaciones ideológicas.

Por Gastón Grisoni (*)


Coronel Raúl Lozano, general Guido Manini Ríos y escribano Guillermo Domenech

Con esa denominación se refieren a las organizaciones que durante el pasado reciente llevaron a cabo distintas acciones de carácter armado pero que eluden mencionar.

Ya fueron reparadas en su mayoría

Un aspecto importante a tener en cuenta es que se solicita reparar económicamente a familiares que ya fueron oportunamente resarcidas por el Estado de acuerdo a las leyes vigentes. Esa es la situación de los funcionarios policiales y militares fallecidos en actos de servicio. Tanto el coronel Raúl Lozano como el general Guido Manini Ríos deben conocer perfectamente las disposiciones al respecto.

Aunque en reiteradas ocasiones El País ha editorializado falseando la verdad, lo cierto es que la legislación uruguaya, desde hace décadas, cuenta con normas que contemplan situaciones tan dolorosas como estas. Los familiares de los funcionarios policiales y militares que fallecieron en actos de servicio ya fueron oportunamente resarcidos en los momentos en que ocurrieron los hechos y también recibieron las correspondientes honras fúnebres.

Fechas incongruentes y antojadizas

La minuta de aspiración aprobada por la coalición comienza señalando que se pretende reparar a víctimas del período 1º de enero de 1962 al 31 de diciembre de 1976 sin llevar a cabo ninguna fundamentación ni aclaración acerca de la elección realizada ni de las razones que se invocan para ello.

Vale la pena tener en cuenta que uno de los principales amplificadores del accionar del MLN para alentar la teoría de los dos demonios sitúa los comienzos de su accionar en julio del año 1963. Para ello, califica el robo de las armas en el Club de Tiro Suizo como la “primera acción espectacular del MLN” (sic).

Al mismo tiempo, las Fuerzas Conjuntas (FFCC) de la época declararon públicamente derrotado al MLN en la primavera del año 1972, a los meses de haber sido declarado el Estado de Guerra Interno. Con la excepción de la matanza de las Muchachas de Abril, ocurrido en abril de 1974, no hay conocimiento público ni de acciones ni de enfrentamientos armados con posterioridad a esa fecha que ameriten extender el plazo hasta fines de 1976.

El funcionario policial y el militar que fallecieron en dicha ocasión, además, recibieron disparos provenientes de armamento de exclusivo uso de las fuerzas represivas.

El Estado generó la violencia

La historia uruguaya está marcada por las insurrecciones y los levantamientos armados. El MLN surgió a comienzos de la década de los años sesenta, luego del triunfo de la Revolución Cubana y de la oleada golpista promovida por EEUU en todo el continente con carácter preventivo y profiláctico para evitar nuevos procesos insurgentes y alzamientos populares. De 1960 a 1964 hubo ocho golpes de Estado militares en el continente: Argentina, Perú, El Salvador, Guatemala, Ecuador, República Dominicana, Honduras y Brasil.

Aunque la historia recoge numerosas acciones por parte del MLN desde su creación,  todas ellas fueron menores y sin trascendencia a nivel político hasta mediados y fines de 1968.

Cuando Jorge Pacheco Areco, sucesor del fallecido general Oscar Gestido, implantó las Medidas Prontas de Seguridad para suspender las garantías constitucionales, reprimir al movimiento sindical, destruir a la incipiente CNT y aplicar los lineamientos económicos del Fondo Monetario Internacional, no invocó ni la movilización estudiantil y el accionar del MLN como factores distorsionantes del orden interno.

Pacheco Areco asumió la presidencia de la República ilegalizando al Partido Socialista  otras organizaciones políticas menores, clausurando órganos de prensa. Su talante represivo se puso de manifiesto frente a la marcha de los cañeros y en la brutal saña policial con que se impidió la celebración del Día de los Trabajadores en el centro de Montevideo que le costó la vida a una participante.

Sin lugar a dudas, el Estado es responsable de los daños directos que el accionar ilegítimo de sus funcionarios generó y también de los daños y sufrimientos indirectos que la aplicación de su política generó, de la explosiva conflictividad social y de la violencia que conmovió a la sociedad.

Cabildo Abierto respalda a los terroristas de Estado

El partido político liderado por el general Guido Manini Ríos se ha convertido en un pertinaz detractor del Poder Judicial, de sus operadores, de la Fiscalía Especializada en crímenes de Lesa Humanidad y en un defensor público de todos los criminales condenados por las acciones fuera de la ley cometidas desde el 13 de junio de 1968, momento en que Jorge Pacheco Areco implantó las Medidas Prontas de Seguridad.

En democracia Cabildo Abierto tiene derecho a expresar sus puntos de vista con total libertad. Las víctimas del terrorismo de Estado seguirán trabajando para que la justicia cumpla con sus cometidos constitucionales y todos los crímenes sean investigados, esclarecidos y castigados. Es el camino para evitar la reiteración.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular web el 17 12 2022

Un juicio histórico

En la ciudad de Canelones comenzó esta semana el primer juicio oral y público por graves violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado. Un juicio sumamente destacable por varias circunstancias.

Por Gastón Grisoni (*) 

Dr Pablo Chargonia (Observatorio Luz Ibarburu)

Única denuncia estatal

Un primer hecho a destacar  es que la denuncia fue presentada por la Secretaría de DDHH del gobierno departamental de Canelones cuando la titular era Valeria Rubino. La presentó junto con la asociación civil Ágora, Identidad, Derechos Humanos y Memoria Canaria. La primera y la única denuncia presentada  hasta el momento por funcionarios estatales en todo el país.

En un hecho sumamente significativo, todas las causas judiciales por hechos referidos al pasado dictatorial en Uruguay fueron presentadas por las propias víctimas, sus familiares y allegados, recayendo en ellos toda la responsabilidad y el trabajo. El respaldo de las organizaciones vinculadas a la temática ha sido muy importante y destacado para que las mismas prosperaran. Para evitar cometer omisiones involuntarias no se menciona a ninguna. Son varias y todas integran el colectivo de organizaciones sociales hermanadas en la lucha contra la impunidad y a favor de la justicia.

Recogiendo testimonios sobre lo sucedido en Canelones durante el período del terrorismo  de Estado, la Secretaría de DDHH del departamento, tomó conocimiento sobre la existencia de Los Vagones como centro clandestino de detención y torturas. La  Secretaría adoptó la decisión de presentar formalmente la denuncia para esclarecer los hechos y evitar que prosperara la impunidad. Las víctimas cumplieron con su deber de testimoniar e incluso a lo largo del juicio sufrieron agresiones y amenazas.

Los Vagones

Se denomina con ese nombre al Centro clandestino por el hecho de que funcionaba en dos vagones de AFE que estuvieron instalados en el Parque Artigas y posteriormente en el barrio Olímpico de la capital departamental. Su funcionamiento se encuadró en el marco de la Operación Morgan que a fines del año 1975 se desplegó por parte de la dictadura contra las estructuras y los militantes del Partido Comunista del Uruguay (PCU).

La asociación civil Ágora, Identidad, Derechos Humanos y Memoria Canaria junto con el Observatorio Luz Ibarburu (OLI) han jugado un papel decisivo para que esta causa prospere y continúe.

Juez Luis  Sobot: un pronunciamiento insólito

Un primer contratiempo surgió cuando el año pasado el juez de garantías de 1º turno de Canelones definió la prescripción del delito de tortura que se imputó a los policías retirados Hugo Guillén, Winston Vitale y Alejandro Ferreira, que operaban en el centro clandestino de torturas que funcionó en la capital del departamento.

Lo escandaloso del fallo es que el juez Luis Sobot computó a los efectos del cálculo prescripcional el tiempo en que estuvo vigente la Ley 15 848 (Ley de Caducidad) y también el período en que había dictadura en el país. Durante la vigencia de la Ley de Caducidad el Poder Judicial estuvo sometido a la tutela del Poder Ejecutivo y las víctimas estuvieron impedidas de acceder a la justicia tal como lo expresó la Resolución 365/2009 de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en un fallo histórico.

Durante la dictadura, obviamente, no existían condiciones para que las víctimas pudieran presentarse ante la Justicia a radicar las denuncias correspondientes. Sus propias vidas y su libertad estaban en riesgo en caso de hacerlo, como señaló el abogado de las víctimas el doctor Pablo Chargonia.

El tribunal de Apelaciones revirtió el fallo del juez Sobot y la causa pudo continuar. El Tribunal de Apelaciones invocó la Convención Americana sobre Derechos Humanos ratificada por Uruguay mediante la Ley 15 737  en marzo de 1985 al regresar a la institucionalidad democrática y también el Artículo 72 de la Constitución.

Oral y público

La inmensa mayoría de los juicios sobre casos y hechos del “pasado reciente” se han tramitado mediante el viejo código del proceso tal como correspondía de acuerdo a las disposiciones constitucionales. Todos los juicios se tramitaban por escrito, eran normalmente lentos y los jueces tenían un papel protagónico.

Ya que la denuncia por las violaciones a los Derechos Humanos cometidas en Canelones fue presentada con posterioridad a la entrada en vigencia del nuevo código del proceso penal, esta causa se lleva cabo mediante dichas disposiciones y la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad y las víctimas a través de su representación legal, el doctor Pablo Chargonia del Observatorio Luz Ibarburu (OLI), están en condiciones de actuar de una manera más activa.

Justicia, justicia y más justicia

El proceso iniciado el 13 de junio  de 1968 cuando Jorge Pacheco Areco implantó las Medidas Prontas de Seguridad (MPS) y que culminó en la dictadura cívico militar que se prolongó hasta febrero de 1985, fue una calamidad nacional. Fue la respuesta de los grupos uruguayos de poder dominantes, aliados a EEUU, para reestructurar la economía del país a costa del nivel de vida, de los salarios de los trabajadores, de los jubilados, de los pensionistas y de los sectores populares. A sangre y fuego.

Las graves violaciones a los DDHH, desapariciones forzadas, asesinatos, torturas, secuestros de niños, privación ilegítima de la libertad, no pueden quedar impunes. Es necesario que las mismas sean investigadas, esclarecidas y sancionadas, penal y administrativamente. Los autores intelectuales y materiales de ellas, con todas las garantías del debido proceso, como ha ocurrido hasta el presente, deben rendir cuentas ante la justicia y ante la memoria histórica del país. No se mira hacia atrás. Se mira hacia adelante, hacia el futuro, hacia una democracia fuerte y consolidada. Con plena vigencia de las normas de DDHH y del Estado de Derecho. De eso, simplemente, se trata.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 617 - 9 12 022

Un antes y un después

 13 de junio de 1968: una fecha clave de Uruguay

Por Gastón Grisoni (*)

La implantación de las Medidas Prontas de Seguridad (MPS) el 13 de junio de 1968 por el presidente de la época Jorge Pacheco Areco fue un acontecimiento político de enorme significado en la vida de Uruguay. Marcó el comienzo de una etapa histórica.


Medidas represivas preventivas

Pacheco Areco implantó las Medidas Prontas de Seguridad cuando decidió que el camino a seguir para superar la crisis económica y el descontento popular era aceptar las recomendaciones impuestas por el Fondo Monetario Internacional para conceder créditos indispensables. Uruguay no estaba en condiciones de asumir sus obligaciones financieras internacionales. Los trabajadores y los asalariados debían reducir sus ingresos y aceptar un deterioro creciente de sus condiciones de vida.

En los hechos, tal como lo señaló la oposición nacionalista en una interpelación parlamentaria llevada a cabo unos meses antes, se reiteraba, con otro nombre el camino iniciado en 1958 por el primer gobierno nacionalista del siglo XX al firmar la Carta de Intención con el FMI. Ahora se llamaban Recomendaciones.

Al momento de tomar la decisión no existía en el país una situación de conflictividad o de movilización social que justificara la suspensión de las garantías individuales, la prohibición de realizar actividades sindicales y, mucho menos, que se impusieran restricciones a la libertad de prensa. Los trabajadores bancarios habían decidido poner fin a los reclamos con movilización que desarrollaban en esas semanas al igual que el gremio de funcionarios públicos que no integraban la Convención Nacional de Trabajadores (CNT).

La Constitución que regía había sido aprobada en las elecciones del año 1966. El país regresó al sistema presidencialista de gobierno. Previstas como una herramienta para circunstancias excepcionales, Jorge Pacheco Areco, sucesor del general Oscar Gestido fallecido en el ejercicio de la Presidencia, comenzó a emplear las Medidas Prontas de Seguridad de manera permanente y sistemática como instrumento gubernamental.

Al amparo de ellas, Pacheco Areco adoptó decisiones de distinta naturaleza eludiendo el debate y el control parlamentario: decisiones económicas y de distinta índole.  Incluso en 1971, mediante un simple decreto se le otorgó a las Fuerzas Armadas la tarea de hacer frente a las organizaciones armadas y se modificaron sus  estructuras de funcionamiento de igual modo.

Las Fuerzas Armadas ingresan a la política

A los pocos días de imponer las MPS, Jorge Pacheco Areco decretó la congelación salarial a nivel de los trabajadores privados, envió al Parlamento la Ley de Presupuesto sin otorgar aumento a los funcionarios públicos y convocó a las Fuerzas Armadas para reprimir a los gremios en conflicto.

En primera instancia se las convocó para militarizar a los trabajadores del BROU y del Banco Central aunque posteriormente se extendió su uso para otros sectores estatales y también privados, en el marco de una gran campaña represiva contra todos los gremios y, muy especialmente, orientada a destruir a la recientemente creada CNT. La detención de sus dirigentes, el allanamiento de sus locales, la represión de las acciones y movilizaciones pasaron a ser una constante de la vida del país.

Accionar ilegítimo del Estado

Al implantarse las MPS el 13 de junio, que se mantendrían de manera ininterrumpida hasta julio de 1971, tres ministros presentaron sus renuncias: Alba Roballo (Educación y Cultura), Carlos Queraltó (Relaciones Exteriores) y Manuel Flores Mora (Trabajo y Seguridad Social). (1)

Las medidas económicas adoptadas por Pacheco Areco, congelación salarial tanto para la actividad privada como pública, desconociendo, incluso, los acuerdos alcanzados en la mesa de negociaciones, junto al desarrollo de una política restrictiva de las libertades públicas, claramente represiva y una brutalidad policial desconocida hasta ese momento, generaron un clima de gran descontento y movilización popular.

La CNT encabezó una decidida línea de oposición y enfrentamiento a la política de Jorge Pacheco Areco y desplegó su accionar y movilización de manera permanente, fortaleciéndose y adquiriendo experiencia colectiva de funcionamiento, tanto en defensa de sus reivindicaciones como de la Universidad y de las libertades públicas.

A partir de la implantación de las MPS, el movimiento estudiantil universitario, con una larga trayectoria de movilización, se volcó a las calles, reforzado con el aporte multitudinario de los estudiantes de secundaria con su propia plataforma reivindicativa. La brutalidad de la represión policial fue inaudita: Líber Arce, Susana Pintos y Hugo de los Santos fueron asesinados mientras participaban en acciones de protesta.

Las organizaciones armadas que hasta ese momento realizaban, básicamente acciones de pertrechamiento y de propaganda, sin influir en la agenda política del país, a partir de ese momento, comenzaron a incrementar su accionar y su presencia en diferentes ámbitos. Empezaron a ser un referente en la vida política, en un Estado que actuaba de manera improcedente al margen de las leyes y las normas vigentes, estableciendo la censura previa, limitaciones de todo tipo a la libertad de prensa, clausurando medios y, organizando comandos parapoliciales desde el Ministerio del Interior como ha quedado judicialmente documentado.

Una referencia básica

Cualquier trabajo  del pasado reciente, que no tome en cuenta la implantación de las Medidas Prontas de Seguridad el 13 de junio de 1968, es una narrativa sin seriedad y sin rigor científico, un “simple relato”, aunque tenga pretensiones académicas, abundancia de información y prólogos destacados. El 13 de junio marcó el comienzo de una época. Pacheco Areco lideró, en los comienzos, el proyecto de los grandes grupos de poder uruguayos ante la crisis de la economía uruguayo. Comenzó el lento camino hacia la dictadura y el terrorismo de Estado. La teoría de los dos demonios, en cualquiera de sus versiones, hay varias y variadas, esconde las responsabilidades históricas de sectores sociales, políticos y de medios de comunicación que apoyaron y respaldaron dicho proceso.

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      1.  Prof. Carlos Demasi. El 68 uruguayo. El año que vivimos en peligro. Ediciones de la Banda Oriental.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 616 – 2 12 2022

Una realidad inocultable

 El pasado y el presente en disputa

Por Gastón Grisoni (*)

La actual coalición gubernamental ha llegado para retrotraer al país a épocas ya superadas, todos sus esfuerzos van en ese sentido. La enseñanza histórica, la interpretación de lo ocurrido en el pasado reciente, no escapa a ese afán restaurador. Excluyen a Carlos Demasi e  incorporan  dos textos militantes de la teoría de los dos demonios.


Un aspecto clave

La exclusión del Prof. Carlos Demasi tiene razones importantes. Su estudio de la historia uruguaya destruye el mito de la teoría de los dos demonios para explicar lo ocurrido.

El 13 de junio del año 1968 es un día de gran significación en el acontecer nacional. Ese día, el presidente Jorge Pacheco Areco suspendió las garantías individuales e impuso las Medidas Prontas de Seguridad como mecanismo de gobierno.  Las mismas se mantuvieron de manera permanente hasta poco antes de las elecciones llevadas a cabo en noviembre de 1971. Su decisión de implantar las Medidas obligó a renunciar al Ministro de Trabajo y Seguridad Social de entonces Manuel Flores Mora en rechazo.

El proceso iniciado el 13 de junio de 1968 condujo a la dictadura y desembocó en el terrorismo de Estado. Fue la respuesta de los grandes grupos de poder, aliados a EEUU, ante la crisis de la estructura económica del país que se venía manifestando desde 1955. Mediante ese proceso autoritario, represivo, terrorista, los grupos económicos privilegiados procedieron a reestructurar la economía uruguaya en perjuicio de los trabajadores, los jubilados y los sectores populares.

Pacheco Areco encendió la mecha

Cuando el 13 de junio de 1968 Jorge Pacheco Areco impuso las Medidas Prontas de Seguridad (MPS), un instrumento de gobierno temporal, para gobernar al margen del Parlamento, dio comienzo a un lento y prolongado proceso de deterioro institucional que se mantuvo hasta febrero de 1985.

En ese marco, a fines del mes de junio, Jorge Pacheco Areco convocó a las Fuerzas Armadas para reprimir a los gremios en conflicto, tanto públicos como privados que se opusieron a su programa de ajustes económicos siguiendo las pautas del Fondo Monetario Internacional.

La dictadura civil – militar fue una calamidad para el país y su gente pero un gran negocio para los poderosos. Los trabajadores y los sectores populares perdieron el 50% del poder adquisitivo de los salarios, vieron seriamente disminuida sus condiciones laborales y de vida, los jubilados y pensionistas perdieron el aguinaldo anual como resultado del Acta Institucional Nº 9. Al final del proceso, el 40% de los hogares uruguayos estaban en la pobreza según cifras oficiales. Los grupos económicos se apropiaron de más de tres mil millones de dólares que fueron redistribuidos de los bolsillos de los trabajadores.

Militantes de la teoría de los dos demonios

Tanto Alfonso Lessa como  Julio María Sanguinetti, con matices y diferencias entre ellos, explican el proceso político uruguayo, la dictadura civil – militar, a la luz de la irrupción de las organizaciones armadas en la vida política. Lessa destaca y amplifica el desarrollo de las acciones de los grupos armados, señala su surgimiento al principio de los años sesenta luego de la Revolución Cubana. Lo hace cuando es público y notorio que la guerrilla, como la denomina, adquiere relevancia mucho después de que Jorge Pacheco Areco decretara las Medidas Prontas de Seguridad y desatara una brutal represión contra los trabajadores sindicalizados y el movimiento estudiantil.

El profesor Carlos Demasi,  con  rigor supo estudiar y presentar las vicisitudes de ese 1968 uruguayo tan impactante (1). Dejó muy claro que el decreto de Pacheco Areco  para implantar las Medidas Prontas de Seguridad no menciona ni a los estudiantes y, mucho menos, a los grupos insurgentes. Las Medidas Prontas de Seguridad se aplicaron para llevar adelante las recomendaciones del Fondo Monetario Internacional.

El doctor Julio María Sanguinetti coincide con Lessa  en líneas generales pero es  más amplio, más minucioso, incorpora el accionar de los sindicatos  y sus reclamos como un elemento pernicioso que condujo a que ocurriera lo que ocurrió.

El movimiento sindical: un papel decisivo

En forma contraria a lo sostenido por el Dr. Julio María Sanguinetti, los trabajadores uruguayos, nucleados en la CNT, históricamente han jugado un papel decisivo y positivo. Supieron enfrentar al proyecto antipopular y represivo de Pacheco Areco y luego el golpe de Estado de Juan María Bordaberry con 14 heroicos días de huelga general. Fueron un motor decisivo de la resistencia popular y de la reconquista democrática. El crecimiento de las organizaciones armadas fue la expresión de la conmoción y conflictividad desatada a nivel de toda la sociedad por el intento de descargar la crisis de la economía uruguaya en las espaldas de los trabajadores y de los sectores populares.

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1)1) Prof. Carlos Demasi. El 68 uruguayo. El año que vivimos en peligro. Ediciones de la Banda Oriental. 

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 615 - 25 11 2022

Sembrando demonios

 En los programas de historia se incluyeron en la bibliografía a consultar dos textos significativos: “La revolución imposible” de Alfonso Lessa y “Agonía de una democracia” del Dr. Julio María Sanguinetti. Ambos libros son testimonios muy personales sobre el proceso histórico uruguayo.

Por Gastón Grisoni (*)


Argentina 1985

Hay que reconocer que el texto de Lessa fue presentado con pretensiones académicas y talante de objetividad. El libro del Dr. Sanguinetti es un testimonio personal de alguien que participó activamente en los sucesos y que continúa participando. Cuando escribe lo hace con intenciones históricas, ubicarse en la historia uruguaya y también para seguir haciendo política e influyendo en los destinos del país.

Dos demonios

Tanto Lessa como Sanguinetti, con matices y diferencias entre ellos, explican el proceso político uruguayo, la dictadura civil – militar, a la luz de la irrupción de las organizaciones armadas en la vida política. Lessa destaca y amplifica el desarrollo de las acciones de los grupos armados, señala su surgimiento al principio de los años sesenta cuando es público y notorio que la guerrilla, como la denomina, adquiere relevancia mucho después de que Jorge Pacheco Areco decretara las Medidas Prontas de Seguridad.

El profesor Carlos Demasi, tan odiado, con verdadero rigor supo estudiar y presentar las vicisitudes de ese 1968 uruguayo tan impactante (1). Deja muy en claro que el decreto de Pacheco Areco no menciona ni a los estudiantes y mucho menos a los grupos insurgentes. Las Medidas Prontas de Seguridad se aplican para llevar adelante las recomendaciones del Fondo Monetario Internacional.

Sanguinetti coincide con Lessa pero es  más amplio, más militante, incorpora el accionar de los sindicatos como un elemento pernicioso que condujo a que ocurriera lo que ocurrió.

De eso no hablamos

Ambos soslayan el verdadero carácter  y la intencionalidad perseguida que tuvo el proceso uruguayo. El proceso que se inició el 13 de junio de 1968 y, desembocó en el terrorismo de Estado, fue la respuesta de los grandes grupos de poder, aliados a EEUU, ante la crisis de la estructura económica del país. Mediante ese proceso autoritario, represivo, terrorista, los grupos económicos privilegiados procedieron a reestructurar la economía uruguaya en perjuicio de los trabajadores, los jubilados y los sectores populares.

Cuando el 13 de junio de 1968 Jorge Pacheco Areco impuso las Medidas Prontas de Seguridad (MPS), un instrumento de gobierno temporal, que mantuvo hasta poco antes de las elecciones de 1971, para gobernar al margen del Parlamento, dio comienzo a un lento y prolongado proceso de deterioro institucional que se mantuvo hasta febrero de 1985.

La dictadura civil – militar fue una calamidad para el país y su gente pero un gran negocio para los poderosos. Los trabajadores y los sectores populares perdieron el 50% del poder adquisitivo de los salarios, vieron seriamente disminuida sus condiciones laborales y de vida, los jubilados y pensionistas perdieron el aguinaldo anual como resultado del Acta Institucional Nº 9. Al final del proceso, el 40% de los hogares uruguayos estaban en la pobreza según cifras oficiales. Los grupos económicos se apropiaron de más de tres mil millones de dólares que fueron redistribuidos de los bolsillos de los trabajadores.

No dan puntada sin nudo

Tanto Lessa como Sanguinetti se caracterizan por dar un gran relieve a los sucesos del 9 de febrero de 1973. En ese momento, el Ejército y la Fuerza Aérea rechazan la designación por parte de Juan María Bordaberry del general Antonio Francese como Ministro de Defensa y se amotinan. Como resultado de las negociaciones que se llevan a cabo en dicha oportunidad en la base aérea de Boiso Lanza se produce un cambio institucional  indudable: se crea el Consejo de Seguridad Nacional (Cosena) con la participación de las Fuerzas Armadas.

Desde junio de 1968, las Fuerzas Armadas, convocadas por Jorge Pacheco Areco, comenzaron a participar activamente en la vida política uruguaya. Tuvieron a su cargo las militarizaciones de los trabajadores que enfrentaban la congelación salarial. En setiembre de 1971, también por decreto, se les encomendó la represión de las organizaciones armadas. En abril de 1972 se les ampliaron las potestades para actuar, con suspensión de garantías individuales y otorgando amplias facultades a la denominada Justicia Militar para juzgar a quienes estimaran conveniente.

La prisión de los 4 médicos: el primer motín institucional

En crónicas publicadas en el año 1973 en La Opinión de Buenos Aires, Julio María Sanguinetti dejó en claro que desde el mes de julio de 1972 el Ejército operaba totalmente al margen de las disposiciones constitucionales con total aceptación y subordinación del titular del Poder Ejecutivo y de los ministros, Sanguinetti incluido. (2) Su relato de la reunión que mantuvo el domingo 9 de julio de ese año es muy trascendente aunque sea relatado con total naturalidad.

El primer motín de las Fuerzas Armadas contra el Poder Ejecutivo se llevó a cabo en octubre de 1972 cuando luego de varios meses de detención y tortura en el Regimiento de Caballería Nº 6, cuatro médicos fueron sometidos a la Justicia Militar. Esta decretó su liberación pero los mandos militares del Ejército se negaron a cumplir con dicha decisión.

A raíz de dicha insubordinación, el 19 de octubre de 1972, luego de una reunión con el presidente Juan María Bordaberry, en la residencia de Suárez y Reyes, de los comandantes de las tres armas, algunos jefes militares (Cristi, Zubía, Chiappe Posse, Vadora, Gregorio Alvarez) acordaron 8 puntos que les otorgaba una participación política de gran importancia y auguraba un protagonismo creciente en la conducción de los destinos del país. Como resultado de dicho acuerdo, renunció el Jefe del Ejército general Florencio Gravina y el ministro de Defensa Nacional del momento el doctor Augusto Legnani.

Construir una interpretación histórica funcional

Los sucesos de febrero de 1973 y los comunicados emitidos por la central sindical y sectores políticos de la izquierda y declaraciones, incluso, de dirigentes del Partido Nacional, han sido empleados para ocultar la verdadera naturaleza del proceso histórico. Se pretende ocultar las auténticas responsabilidades de  quienes participaron en él. La batalla por la memoria y la construcción histórica es permanente. La inclusión de los textos Alfonso Lessa y Julio María Sanguinetti es una muestra de ello.

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(1)        Prof. Carlos Demasi. El 68 uruguayo. El año que vivimos en peligro. Ediciones de la Banda Oriental.

(2)        María Urruzola. Julio María Sanguinetti. Ante el tribunal de la historia. Planeta.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 614 - 18 11 2022

A Mariana lo que es de Mota

 Una jueza contra viento y marea

Por Gastón Grisoni (*) 

Crysol, la asociación de todas y de todos los ex presos políticos de Uruguay, declaró a la Dra. Mariana Mota como Socia Honoraria de la organización. Lo hizo en reconocimiento a su labor y trayectoria en favor de la justicia. En su momento tuvo el coraje cívico de procesar a Juan María Bordaberry por haber disuelto las Cámaras.

Dra. Mariana Mota

Desaparición forzada

De acuerdo a la Ley 18 026 es un delito continuado, se sigue cometiendo hasta que se esclarezcan las circunstancias de lo ocurrido. Hasta el momento Mariana Mota es la única jueza que en Uruguay ha usado la tipificación de Desaparición Forzada para condenar a un represor del terrorismo. Lo hizo para procesar en 2010,  al coronel retirado Carlos Calcagno por su participación en la desaparición forzada de Nelson Inzaurralde y Carlos Santana.

Ambos eran exiliados uruguayos, fueron detenidos en Paraguay en el mes de marzo de 1977 y posteriormente desaparecidos en la Argentina. Fue una típica acción represiva en el marco de la Operación Cóndor. Según documentación encontrada en los Archivos del Terror de Paraguay por el abogado Martín Almada, el coronel Carlos Calcagno, oficial de Inteligencia y amplio historial represivo desde el año 1972 en el Batallón Florida, participó en los interrogatorios de los dos en las mazmorras del régimen de Stroessner y jugó un papel decisivo en el destino de ambos prisioneros.

Una larga y necesaria batalla por la justicia

Al retornar a la vida democrática, con elecciones llevadas a cabo de manera irregular, con proscriptos y el principal dirigente del Partido Nacional privado de su libertad, comenzó, débilmente, a actuar el Poder Judicial. En ese marco, comenzaron a citarse a declarar a algunos de los principales referentes de la represión. En ese momento, el partido de la impunidad, de la dictadura, reclamó, con el comandante en jefe del Ejército Hugo Medina encabezando las gestiones, que se aprobara una ley de amnistía que protegiera a los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos.

En diciembre de 1986 la Asamblea General, de manera absolutamente irregular, aprobó la Ley 15.848, ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, para conceder una amnistía a los militares y efectivos policiales,  pero no incluyó a los civiles que participaron. Durante más de 20 años el Poder Judicial estuvo impedido de actuar, dependiendo de las decisiones que adoptara el Poder Ejecutivo para investigar.

Dicha ley fue declarada inconstitucional en octubre de 2009 por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), a pedido de la fiscal Dra. Mirtha Guianze, para el caso Nibia Sabalsagaray. En febrero de 2011 la Corte Interamericana DDHH (Corte IDH) declaró su ilegitimidad en la Sentencia Gelman vs Uruguay. En base a la misma, en octubre de 2011, el Parlamento aprobó la Ley 18 831 restableciendo legítima y plenamente la pretensión punitiva del Estado.

Una sanción ejemplificante

Responsable del procesamiento y prisión de Juan María Bordaberry por haber dado el golpe de Estado en el año 1973 junto a las Fuerzas Armadas,  la jueza Mariana Mota se ganó el odio de los golpistas de ayer y sus cómplices. Comenzó a ser objeto de una pertinaz e insidiosa campaña en su contra. Promovida desde los centros nostálgicos  del poder, con importantes medios de comunicación potenciando y amplificando la campaña de desacreditación pública, la operación apuntaba a la jueza y también al resto de los integrantes del sistema judicial.

En febrero de 2013 fue sancionada de manera encubierta por la Suprema Corte de Justicia (SCJ). En ese momento, sin justificación de ningún tipo, en el marco de la intensa y persistente campaña de prensa en su contra, la Suprema Corte de Justicia dispuso su traslado desde el ámbito Penal al Civil. Dicha acción, adoptada por el máximo órgano, fue un castigo a su persona pero al mismo tiempo una sanción ejemplificante para el resto de los jueces.

Hasta el día de  hoy sigue estando satanizada por parte de los terroristas estatales, de los medios adictos al poder y a la impunidad, por su pasado y también por su posterior labor en la Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (INDDHH) encabezando la búsqueda de los Detenidos Desaparecidos junto al Dr. Wilder Tayler.

Democracia y justicia: una conquista popular

La actual democracia uruguaya no le debe nada a las Fuerzas Armadas. Descansa en el enorme esfuerzo militante desplegado por los trabajadores y los sectores populares enfrentando a la dictadura. En la lucha por la libertad y la democracia hubo más de 20.000 personas detenidas, más 7.000 prisioneros condenados por tribunales militares, 197 detenidos desaparecidos y 200 asesinados por las fuerzas represivas.

La investigación, el esclarecimiento y la sanción penal de las graves violaciones a los DDHH cometidas durante el terrorismo de Estado es un requisito básico y esencial para afirmar una democracia plena y con bases sólidas. El Poder Judicial es el órgano del Estado con facultades plenas para ello. Los jueces tienen sobre sus espaldas la mayor de las responsabilidades. La Dra. Mariana Mota ha sabido honrar al Poder Judicial y ser un ejemplo a seguir.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 613 - 11 11 2022


Un prededente que marca rumbo

 La Comisión Interamericana de DDHH (CIDH) acogió 

petición  reparatoria de viuda

Por Gastón Grisoni (*) 


Un reciente informe de fecha 15 de agosto de este año da cuenta que la Comisión IDH (1) acogió una petición de amparo formulada por una víctima del terrorismo de Estado.  Debió renunciar a su pensión por discapacidad para poder percibir la Pensión de Sobrevivencia del BPS correspondiente a su fallecido esposo. El mismo  era ex preso político y, en función de ello, percibía la Pensión Especial Reparatoria que otorga la Ley 18 033.

Los Estados tienen que reparar

En diciembre de 1985, al retornar a la democracia, durante el gobierno del Dr. Julio María Sanguinetti, se aprobó la primera ley reparatoria por daños ocasionados. Fue la Ley 15 783 destinada a resarcir a los miles de funcionarios públicos expulsados de la administración durante la dictadura civil militar. Abarcó a todas y todos aquellos funcionarios que fueron despedidos  por razones políticas, gremiales, ideológicas o por simple arbitrariedad.

Más adelante, en el año 2002, el presidente Dr. Jorge Batlle aprobó la Ley Jubilatoria 17 449 para la actividad privada que amparaba, de manera muy limitada a requeridos por la Justicia Militar, presos políticos y exiliados.

A Vázquez lo que es de Vázquez

Durante el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez se aprobaron las leyes reparatorias más significativas, hasta el día de hoy, referidas a las víctimas del accionar de los funcionarios del Estado. Lo hicieron tomando como punto de referencia la normativa actualizada al respecto a nivel internacional.

La aprobación de las leyes 17 949 (militares expulsados, detenidos y condenados por la dictadura), 18 033 y 18 596 fue un inmenso logro de la sociedad. Muy especialmente de las organizaciones sociales que las impulsaron, trabajaron por ellas y se movilizaron intensamente, incluso en las calles, con manifestaciones multitudinarias, para que ellas se concretaran.

Es digno de tener en cuenta que tanto para la Ley 18 033 como para la Ley 18 596, Crysol presentó y puso a consideración del gobierno y del sistema político, proyectos de ley que facilitaban el trabajo a llevar a cabo.

Tabaré Vázquez ha sido hasta ahora el único presidente que   manifestó mayor sensibilidad hacia el sufrimiento de las víctimas y lo materializó en acciones de diferente naturaleza. Todas las leyes reparatorias de impacto real llevan su firma. Han significado un gran avance para la sociedad en su conjunto. Y el rechazo de los terroristas de Estado y sus cómplices y defensores. 

Antecedentes de cuestionamiento

Aunque siempre valoró muy positivamente la Ley 18 033, Crysol formuló propuestas superadoras de la misma, consciente de las carencias que ella tenía, tomando como base la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas.  Por eso mismo, en el año 2012 solicitó el amparo de la Institución Nacional de DDHH (INDDHH), durante el gobierno de José Mujica. En diciembre la institución se pronunció y emitió una recomendación que ha sido ignorada hasta el día de hoy por los diferentes gobiernos.

En el año 2013, el Relator Especial de las Naciones Unidas Pablo de Greiff visitó Uruguay y presentó al Consejo de DDHH de la ONU un contundente informe señalando que la Ley 18 033 al reparar a los ex presos políticos los obligaba a renunciar a otros legítimos derechos como las jubilaciones y pensiones.

En igual sentido se pronunciaron en el año 2018 la Relatora Especial de la ONU para la Discapacidad Catalina Devandas-Aguilar y el Relator Especial para la Verdad y la Justicia Fabián Salvioli en base a resoluciones del Consejo de DDHH.

Justicia con perspectiva humana: castigar y reparar

Desde sus inicios, Crysol ha destinado importantes esfuerzos a la lucha por la justicia con un enfoque amplio y profundo, no meramente legal. El accionar del Poder Judicial es importante por múltiples razones elementales. Pero la lucha por la justicia debe abordar también todas las obligaciones del Estado con respecto a las víctimas.

Los Estados deben respetar y garantizar los derechos de los ciudadanos. Cuando sus funcionarios los violentan, incluso en forma masiva como en el caso uruguayo, deben repararlos de manera integral, de acuerdo a la gravedad del daño ocasionado y a los estándares establecidos. Al hacerlo no deben, como ocurre en el caso uruguayo, como ha sido señalado desde hace años, obligar a renunciar a otros legítimos derechos. Es lo que pasa con la Ley 18 033: obliga a las ex presas y a los ex presos políticos a renunciar a sus legítimas jubilaciones y pensiones para percibir la Pensión Especial Reparatoria (PER).

Precisamente, en este precedente de la Comisión Interamericana de DDHH y en la disposición negociadora del actual gobierno, aceptando explícitamente el cuestionamiento, se basa Crysol para iniciar en las próximas semanas una petición de amparo colectiva ante ella para las socias y socios de la institución. Sin perjuicio de ello, se debe seguir promoviendo los cambios legislativos necesarios, como corresponde, aunque ellos deben surgir desde la iniciativa del propio Presidente de la República.

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(1) Informe Nº 183/22. Petición 1376-19. Informe de solución amistosa. 15 de agosto de 2022

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular Nº 612 - 4 11 2022