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Peor la enmienda que el soneto

 Una nueva versión desproporcionada y ofensiva: 150.000 dólares

Por Gastón Grisoni (*) – El Popular Nº 626 – 31 03 23

Para salvar las carencias básicas del proyecto de ley de reparación a las víctimas de los grupos armados que aprobara el Senado, el diputado Ope Pasquet presentó esta semana una nueva versión en la Comisión de Constitución y Códigos de Diputados. La necesidad de contar con los votos de Cabildo Abierto para poder aprobar la reforma jubilatoria en Diputados, asegura que el proyecto de ley será aprobado en la Comisión y pasará al Plenario del cuerpo.

El diputado Ope Pasquet presentó la nueva versión gubernamental

Cifras escandalosas

El proyecto aprobado por el Senado, además de no identificar el universo de personas a beneficiar,  carecía de cifras a otorgar a los mismos. La propuesta de la coalición gubernamental subsana este aspecto pero lo hace de una manera ofensiva y provocativa de acuerdo a los antecedentes históricos. Desde el regreso a la vida democrática se han aprobado varias leyes reparatorias que no pueden ser ignoradas, muy especialmente las que fueron aprobadas durante el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez. La Ley 18 596, aprobada en setiembre de 2009, la más amplia, amparó de manera indemnizatoria a los familiares de los detenidos desaparecidos, de los asesinados, a las personas que sufrieron lesiones gravísimas, de acuerdo al artículo 318 del Código Penal, a los niños secuestrados y desaparecidos por más 30 días y a los niños nacidos en situación de cautiverio.

El nuevo proyecto a estudio de los diputados, es más amplio, más benévolo y más generoso en todos los aspectos. Duplica los montos  otorgados por la Ley 18 596 que es una ley que reparó a las víctimas directas de la actuación ilegítima y del terrorismo de Estado en el período comprendido entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985.

Enérgico comunicado de Crysol

Al tomar conocimiento de la nueva propuesta gubernamental a la cual consideró mezquina y provocativa, Crysol señaló que la misma: “Pone de relieve  que la vida de los centenares de detenidos desaparecidos y de los asesinados durante el gobierno de Jorge Pacheco Areco, durante la dictadura civil militar y el terrorismo de Estado, vale mucho menos que la de otros ciudadanos. Discrimina, además, a las decenas de ciudadanos que sufrieron lesiones gravísimas durante acciones represivas o en las salas de tortura, a los niños secuestrados y desaparecidos. Especialmente lo hace con miles de uruguayos que, sin haber sido formalmente procesados, estuvieron semanas y meses, privados de su libertad, incomunicados, sometidos a las más crueles torturas en los centros clandestinos de represión y a los cuales se les demanda seis meses de cautiverio para ser considerados víctimas del terrorismo de Estado en la Ley 18 596.”

Conviene poner de relieve que ser considerado víctima del terrorismo de Estado por la Ley 18 596, artículo 9, no otorga ningún beneficio económico. Dicho reconocimiento simplemente permite acceder a un documento oficial que constata la calidad de víctima.

Crysol manifestó claramente  que considera  de justicia  que el Estado asista a los familiares de los civiles que fallecieron como resultado de la violencia que vivió nuestro país y que no fueron resarcidos hasta el momento. Fueron muchos años de omisiones de los diferentes  gobiernos que se sucedieron desde el retorno a la democracia en 1985.

Los militares y los policías ya fueron reparados

Aunque durante muchos años se señaló públicamente que las víctimas de la violencia no estatal nunca habían sido contempladas por el Estado, el tratamiento parlamentario del actual proyecto, puso en evidencia que tanto los familiares de los policías y de los militares fallecidos en dichos años ya fueron resarcidos.

En el caso de los militares, además de las leyes jubilatorias y pensionarias para quienes fallecen en actos de servicio, en marzo de 1973, en la  Ley 14 106 se aprobó el artículo 115 que otorga un resarcimiento especial para “los caídos en la lucha contra la subversión”. Estableció montos distintos para el caso de los oficiales y del personal de tropa, pero los mismos van desde 75.000 hasta 85.000 dólares actuales. Este resarcimiento que obtuvieron los militares, supera a los montos que estableció la Ley 18 596 para los familiares de los detenidos desaparecidos y asesinados por los terroristas estatales.

Cumplir y respetar las normas de DDHH

La principal característica de la nueva propuesta gubernamental es que desconoce e ignora las más elementales normas de Derechos Humanos y de justicia. Las autoridades de la actual coalición gobernante tienen poco apego y adhesión a las normas de DDHH. Basta tener en cuenta que la coalición está integrada por Cabildo Abierto que ha defendido a capa y espada a los principales criminales procesados por las graves violaciones a los derechos humanos. Cabildo Abierto ha formulado duras y amenazantes críticas públicas al Poder Judicial en un fallido intento por frenar los procesamientos que se han venido llevando a cabo en los últimos años.

Las normas de DDHH son una conquista de la humanidad desde el fin de la Segunda Guerra Mundial. Pretenden dignificar la vida en sociedad y proteger a los ciudadanos de los potenciales abusos de poder de los funcionarios del Estado, civiles, militares y policiales. Solamente los funcionarios del Estado violentan las normas de DDHH.

Una vez derrotada la dictadura, al regresar a la vida democrática, Uruguay aprobó la Ley 15 737 mediante la cual adhirió a la Carta Interamericana de DDHH y aceptó la jurisdicción de la Corte Interamericana de DDHH. Sus decisiones son vinculantes, de cumplimiento obligatorio.

En diciembre de 2005, la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó la Resolución 60/147, cuyo borrador inicial fue elaborado por el jurista francés, ya fallecido, Philip Joinét. Hasta el momento es el principal documento internacional que define de manera pormenorizada y exhaustiva las obligaciones de los Estados ante casos de graves violaciones a los DDHH como las ocurridas en Uruguay desde el 13 de junio de 1968 hasta el 28 de febrero de 1985. Es la referencia ineludible.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.