La asunción de Jorge Pacheco Areco a la presidencia de la República, a fines de 1967, marcó un punto de inflexión en la vida del país. En el marco de una crisis económica importante, su plan de gobierno, al servicio de los poderosos, implicó la necesidad de un marco legal autoritario y represivo para impulsarlo. Fue el inicio de un proceso de vaciamiento institucional que desembocó en la dictadura y en el terrorismo de Estado.
Por Gastón Grisoni (*)
13
de junio de 1968: fecha clave para el pasado reciente
Los publicistas,
periodistas e investigadores funcionales al poder, ponen énfasis en señalar que la creación del MLN se
produjo en 1963, hacen hincapié en que su accionar produjo el ingreso a la vida
política de las Fuerzas Armadas y desencadenó, fatalmente, la espiral de violencia y dolor que vivió el
país hasta 1985.
Lo cierto es que cuando el
13 de junio de 1968 Jorge Pacheco Areco implantó las Medidas Prontas de
Seguridad y suspendió las garantías individuales para gobernar eludiendo al
Parlamento, dicha organización era muy pequeña. Apenas contaba con algunas
decenas de militantes, tal como lo ha mencionado Alfonso Lessa, entre otros. Se limitaba a realizar acciones de
pertrechamiento, tenía escasa visibilidad pública y no era, obviamente, en
tales condiciones un factor político de incidencia en la realidad.
Tan es así que el decreto gubernamental por el cual se
implantaron las Medidas Prontas de Seguridad (MPS) ni siquiera hace referencia
a su existencia al justificar las decisiones que se adoptan. Tampoco menciona a
los estudiantes. Su preocupación eran los trabajadores, el movimiento sindical,
la recién conformada central única, la Convención Nacional de Trabajadores,
CNT.
La
congelación salarial y explosión social
En junio de 1968 comienza
una etapa dolorosa en la vida del país. El gobierno de Jorge Pacheco Areco implanta las MPS y suspende las actividades de
los Consejos de Salarios, congela los salarios con la excusa de combatir la
inflación. Ante las protestas y el rechazo masivo a su política comienza a desplegar acciones
represivas contra los gremios y los estudiantes, convoca al Ejército para
militarizar a los trabajadores de diversos sindicatos, públicos y privados,
detiene masivamente a dirigentes sindicales y estudiantiles que son confinados en el
Cuartel de San Ramón.
La libertad de prensa
comienza a ser limitada y termina por desaparecer. Varios medios de
comunicación son clausurados. La represión policial adquiere una dimensión
desconocida hasta el momento. La sangre estudiantil comienza a derramarse: Líber
Arce, Susana Pintos, Hugo de los Santos son las primeras víctimas de un Estado
que violenta las normas democráticas y actúa de manera ilegítima y arbitraria.
En ese contexto hay que ubicar las protestas populares y el
estallido social que potencia a las organizaciones que llevan a cabo su accionar
con métodos armados. El Estado recurre, incluso, a medios ilegales para frenar
a la oposición y surgen, alentados desde el propio Ministerio del Interior, los
comandos parapoliciales (Escuadrón de la Muerte) que asesinan, desaparecen y
atentan contra la oposición colocando explosivos y realizando atentados de todo
tipo con el concurso de la Embajada de EEUU.
La
Ley 18 596: reparación a las víctimas
Los Estados tienen la
obligación de respetar las normas de Derechos Humanos al llevar a cabo su labor
de gubernamental. Cuando por acción o por omisión violentan el cumplimiento de
sus obligaciones, tienen que juzgar y sancionar a los responsables, pedir
disculpas de manera pública, adoptar medidas para que los hechos no vuelvan a
ocurrir y reparar, resarcir en todos los planos, en la medida en que ello sea
posible, el daño ocasionado.
En setiembre de 2009,
durante el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, el Estado aprobó una norma
legal de gran importancia. A 26 años del retorno a la vida democrática, se
aprobó una ley para resarcir e indemnizar, de acuerdo a los estándares
internacionales, a los centenares de
ciudadanos que sufrieron graves violaciones a sus derechos, ya sea por la
actuación ilegítima del Estado o por el accionar terrorista de sus funcionarios
policiales y militares.
La ley básicamente
contempla a los familiares de los Detenidos Desaparecidos, a los casi 200
asesinados por los funcionarios del Estado o con su aquiescencia, a los niños
nacidos en cautiverio y a decenas de ciudadanas y ciudadanos que sufrieron
lesiones gravísimas en actos represivos, durante las sesiones de tortura
habituales a los detenidos por los tribunales militares o en los centros de
reclusión diseñados para la destrucción de los prisioneros políticos.
Solamente los funcionarios
del Estado violentan las normas de Derechos Humanos. Un principio básico y
esencial.
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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus
opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.
(**) Publicado en El Popular Nº 604 - 9 09 22