Al regresar a la vida democrática, en una acción de rechazo y condena a las graves violaciones a los DDHH, en marzo de 1985, el parlamento aprobó la Ley 15 737. Mediante ella, Uruguay adhirió a la Carta Interamericana de DDHH, al sistema institucional de protección a los mismos y aceptó la competencia de la Corte Interamericana para dirimir los conflictos que se suscitasen al respecto.
Por
Gastón Grisoni (*)
Actuales
integrantes de la Corte
Desde ese momento, las
decisiones que se adopten por parte de ella y que involucren a nuestro país,
son de cumplimiento obligatorio para Uruguay. Al contrario de lo que afirman
los parlamentarios de Cabildo Abierto, de manera reiterada, cuando nuestro país
es juzgado, no se trata de un acto de intromisión en los asuntos internos fuera
de lugar. El Uruguay democrático que sucedió a la dictadura decidió que ella
tenía competencias plenas para intervenir en relación a las normas de DDHH.
La
Corte IDH sesiona en Uruguay
Precisamente en estos
días, el organismo continental que preside nuestro compatriota, el Dr. Ricardo
Pérez Manrique, se encuentra sesionando en Uruguay. El jueves 20 llevará a cabo,
en el departamento de Colonia, una audiencia no pública con el cometido de
evaluar la implementación por parte de nuestro país de la Sentencia Gelman vs
Uruguay que se aprobara en febrero de 2011.
Hasta el momento en las
dos sentencias en que la Corte IDH condenó al Estado uruguayo por violaciones a
los derechos humanos –el caso Gelman y el caso que integra los asesinatos de Diana
Maidanik, Silvia Reyes, Laura Raggio y
las desapariciones de Oscar Tassino y Eduardo González– la Corte hizo
referencia, como elementos que perpetúan la impunidad, a la ley de caducidad.
También se refirió al pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia que en
febrero de 2013 declaró inconstitucional los artículos 2 y 3 de la Ley 18.831.
Esa posición de la SCJ fue revertida en mayo de 2022, a partir de la nueva
integración de la SCJ.
Una
aborrecible ley de impunidad
Aprobada en diciembre de
1986 en una tumultuosa sesión del Parlamento, con grandes y ostensibles
presiones de los militares liderados por el general Julio Medina, la Ley de
Caducidad de la pretensión punitiva del Estado otorgó la impunidad a los
principales criminales de nuestro país. Fue ratificada por un Referéndum en
1989 y no obtuvo los votos necesarios para ser derogada por un plebiscito que
se llevó a cabo en el año 2009. Sin embargo, en octubre de ese mismo año, una
sentencia de la Suprema Corte de Justicia (Resolución 365/2009) declaró la
inconstitucionalidad de la misma, tanto por razones formales como de contenido.
Durante más de 20 años
aseguró la más completa impunidad para los responsables de todas las graves
violaciones a los Derechos Humanos.
El
caso Gelman y la Ley 18 831
Una vez que la Corte IDH
condenó al Uruguay por dicho caso, rechazando la vigencia de dicha Ley, el
Parlamento uruguayo, en octubre de ese año, restableció plenamente la
pretensión punitiva del Estado, aprobando la Ley 18 831. A partir de ese
momento, se eliminaron todos los obstáculos legales para la actuación de los
tribunales uruguayos.
Con grandes presiones y
ataques públicos de los involucrados en los crímenes del terrorismo de Estado,
de los centros militares que los defienden, de sus cómplices civiles, de los
grandes grupos de poder y de los medios de comunicación que los amparan, la
justicia comenzó lentamente a desplegar su accionar, de acuerdo a las
disposiciones constitucionales.
El
enemigo: el Dr. Ricardo Perciballe
La creación de la Fiscalía
Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad y la designación del Dr. Ricardo
Perciballe al frente de ella, junto con un equipo de trabajo que ha demostrado
un gran compromiso, fueron gestos del Estado uruguayo en el sentido de cumplir
con su obligación de perseguir y juzgar a los responsables de las atrocidades
del pasado reciente.
En una reciente entrevista
publicada por El Observador, el coronel retirado Eduardo Ferro, procesado por
asesinar y desaparecer a Oscar Tassino, declaró que el Fiscal Ricardo Perciballe
es el enemigo. Tal afirmación, proviniendo de alguien como Eduardo Ferro es
preocupante, es una amenaza nada sutil. Por decir lo menos.
La fiscalía cumple con su
responsabilidad legal de promover los juicios y aportar las pruebas que surgen
de la abundante documentación existente en los archivos y en los legajos
militares.
Los jueces, integrantes de
un poder del Estado independiente, toman
las decisiones, otorgando todas las garantías. Así funciona un Estado
democrático.
El
ADN negativo de Cabildo Abierto
El grupo político liderado
por el general Guido Manini Ríos se ha caracterizado por atacar de manera
habitual al Poder Judicial para presionarlo ante la opinión pública y por
defender en los medios a los procesados y condenados por los crímenes del
pasado reciente. Estos días ha presentado un nuevo proyecto de ley, en la Cámara de Diputados, para restablecer
la Ley de Caducidad. Un absoluto despropósito. No puede y no debe prosperar.
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(*) Gastón Grisoni es
Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen,
necesariamente, al colectivo como tal.
(**) Publicado en El Popular Nº 609 - 14 10 2022