Se precisaba justicia y se logró. Se alcanzó una gran conquista. El pasado lunes 22 de diciembre, el juez de Fray Bentos de primer turno, Claudio de León, condenó a los militares retirados Daniel Castellá, Rodolfo Costas, Eduardo Saiz, Luis Estebenet, Óscar Mario Rocca, Abel Pérez, Jorge Soloviy, Dardo Ivo Morales y Héctor Sergio Caubarrere por torturas contra ciudadanos de San Javier en 1980 y 1984. Entre ellos se encontraba el médico Vladimir Roslik, el último asesinado por torturas de la dictadura.
Por Gastón Grisoni (*) – 27. 12.2025
En este momento en que miles y miles de uruguayas y
uruguayos celebran esta victoria tardía,
mantener una perspectiva histórica es de rigor. Una errónea y absurda sentencia[1]
de la Suprema Corte de Justicia de julio del año 2021 impidió que se juzgara a
los responsables del asesinato del Dr. Vladimir Roslik cometido en abril de 1984, unos meses antes
del retorno a la institucionalidad democrática.
El Fiscal Especializado en Crímenes de Lesa Humanidad Dr.
Ricardo Perciballe pudo iniciar causas conexas contra los responsables de su
asesinato pero no por el crimen en sí, que, como tal solo fue juzgado por la
justicia militar cuando el Presidente era el teniente general Gregorio Álvarez.
Un grave error conceptual de la SCJ
El asesinato del Dr. Vladimir Roslik en abril de 1984 en el Batallón 9º de Infantería de Fray Bentos generó un enorme rechazo. Conmovió a un país que caminaba, en aras de una inmensa e intensa movilización popular, hacia una trabada transición democrática. En función de ello, la dictadura dispuso que la Justicia Militar investigara lo sucedido. Esta, finalmente, les impuso penas irrisorias a los responsables del crimen.
En su momento se condenó al jefe del Batallón, teniente coronel Mario Olivera y al mayor Sergio Caubarrere, procesado con prisión, en la actualidad, por delitos cometidos mientras reprimía en el Batallón Florida en el año 1972.
El Dr. Ricardo
Perciballe solicitó la reapertura
del expediente por el asesinato del Dr. Roslik. Un tribunal de apelaciones
entendió que el crimen ya había sido juzgado. La Fiscalía Especializada debió
presentar un recurso de Casación ante la Suprema Corte de Justicia la cual
convalidó el accionar de la justicia militar en 1984 y definió que existía Cosa
Juzgada.
La Justicia Militar no es Justicia
El sábado 15 de abril de 1972, el gobierno de Juan María
Bordaberry impuso el Estado de Guerra Interna, suspendió las garantías
individuales y estableció que los ciudadanos que fueran detenidos en lo
sucesivo por razones políticas, gremiales o ideológicas, en el marco de la
lucha contra la subversión, serían juzgados por Tribunales Militares a quiénes
se les otorgó jurisdiccionalidad en desmedro del Poder Judicial, que fue
desplazado al rincón de los artefactos instituciones inútiles.
Como resultado de esa declaración por parte de la Asamblea
General, a impulsos del Poder Ejecutivo (y de la posterior aprobación de la Ley de Seguridad,
en julio de ese año) la justicia militar comenzó a desempeñar un papel crucial
en la vida del país.
Desde abril de ese año, hasta el 28 de febrero de 1985, más
de 7.500 ciudadanas y ciudadanos, de todas las edades, fueron formalmente
condenados, con diferentes tipificaciones, por tribunales militares, sin
garantías de ningún tipo. La inmensa mayoría de quienes fueron presentados ante
los tribunales militares, lo fueron luego de detenciones con apariencia de
secuestros, días, semanas y, hasta meses, de incomunicación, sometidos a malos
tratos, torturas, privación de alimentos y de sueño.
Por definición legal la justicia militar no es
independiente, sino un órgano auxiliar de los mandos en operaciones. Su máximo
órgano es designado por los jefes castrenses con el propósito de sancionar los
delitos propios de los militares e imponer la disciplina para el cumplimiento
de los cometidos institucionales.
Vladimir Roslik: un caso ejemplar
La investigación que llevó a cabo la justicia militar y las
sanciones que impuso a los responsables del asesinato del Dr. Vladimir Roslik
son un ejemplo de que la misma no puede ser asimilada a la actuación del Poder
Judicial bajo ningún concepto.
El juez militar de instrucción, coronel Camilo Bentancur
solo llevó a cabo dos procesamientos. Al jefe del batallón teniente coronel
Mario Olivera le tipificó “omisiones en el servicio” y al subjefe, el mayor
Sergio Caubarrere quien dio las órdenes de torturar y presenció las mismas, le
tipificó homicidio ultraintencional. Excusó a los ejecutores materiales de las
torturas, que se supo que fueron 11 oficiales gracias a un pedido de
información que en el año 2021 llevó a cabo el periodista Leonardo
Haberkorn.
Una decisión aberrante de
la Suprema Corte
La sentencia de la Suprema Corte de Justicia que en julio de 2021 rechazó la solicitud del Dr. Perciballe, convalidó las actuaciones de la justicia militar en el año 1984, en plena dictadura, consideró cosa juzgada e impidió que el órgano constitucional con facultades para hacerlo pudiera investigar, esclarecer y castigar a los responsables de un crimen que aún hoy conmueve a la sociedad. Es realmente bochornosa e inexplicable al margen de las continuas presiones que siguen llevando adelante los terroristas de estado y sus cómplices.
Demuestra, además, la falsedad de las afirmaciones que
realizan los terroristas de Estado, sus abogados y patrocinantes en el sentido
de que el Poder Judicial está direccionado en su contra.
El trabajo
de la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, profesional,
inteligente y comprometido, permitió que a más 40 años se hiciera justicia. Con
todas las garantías, se juzgó a los responsables de las graves violaciones de
los derechos humanos a la comunidad de San Javier. También a los responsables
directos de las mismas, que, a su vez, estuvieron involucrados en el asesinato
del Dr. Vladimir Roslik.
La nefasta
decisión de la Suprema Corte de Justicia impidió que el crimen en sí fuera
investigado y que se sancionara a los responsables del mismo tipificándoles el
delito que se debería haber aplicado. Además de los delitos tipificados por el
juez Claudio de León, todos ellos son asesinos. Es la verdad histórica.
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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.